El Poder Legislativo se salvó de pagar indemnización de un millón de dólares
La Justicia falló a favor del Poder Legislativo en dos juicios entablados por más de cien actuarios del Poder Judicial por una suma total cercana al millón de dólares.
Los demandantes sostenían que una ley que incrementó los salarios de los abogados que asesoran a los jueces los discriminó, porque ellos cumplían funciones similares.
La sentencia indicó que fue «legítima la diferenciación que estableció el legislador».
Años atrás, decenas de actuarios del Poder Judicial demandaron al Parlamento alegando que el artículo 386 de la Ley 16.320, que incrementó el salario de los secretarios letrados, «provocó una desigualdad entre funcionarios técnicos de un mismo escalafón y produjo un menoscabo funcional causante de un daño moral que se advierte en la mayor retribución que pasan a ganar los beneficiarios de la norma».
Los actuarios afirmaron en la demanda que ellos realizan tareas de similar, y aún mayor, responsabilidad que los secretarios letrados.
Alegaron además un mayor compromiso técnico y funcional, y por lo tanto solicitaron un resarcimiento de U$S 60 mil cada uno.
La sentencia redactada por la jueza Jubette no hizo lugar al pedido de indemnización de más de cien actuarios judiciales.
Entre los considerandos la magistrada sostuvo que el principio de igualdad ante la ley «no es un concepto matemático de perfecta equivalencia».
«El principio de igualdad no resulta vulnerado cuando una norma se aplica a todos los integrantes de una determinada categoría, no creando diferencia entre ellos, única hipótesis en que podría considerarse lesionado el mismo», añade la sentencia.
Mayor dedicación
Sobre el caso concreto la jueza estimó que la ley que otorgó un aumento diferencial a los secretarios letrados «persiguió la finalidad de retribuir la mayor dedicación a esa función ante los requerimientos de las Sedes en las que prestaban sus funciones. Y ello neutraliza o hace desaparecer el carácter de arbitrariedad, único sustento de la condena por responsabilidad estatal derivada de la actuación legislativa».
«La función desempeñada por los secretarios letrados alcanzados por el beneficio de la norma, esta exenta de dependencia funcional respecto a los actuarios (…). Los secretarios letrados colaboran en la tarea jurisdiccional y estaban sometidos a un régimen muy severo de incompatibilidades de la que están excluidos los actuarios», añadió la sentencia de Jubette.
«En consecuencia, la generalidad de la ley no se vio vulnerada y el daño invocado es inexistente».
«Por otra parte, el daño moral alegado no ha sido comprobado en el decurso del proceso y las diferencias salariales existían desde antes de la sanción o aplicación de la ley», culmina diciendo la magistrada.
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