Desaparición forzada, torturas y homicidio. Será acordonada a causa contra Bordaberry

Justicia recibe hoy denuncia penal por Ubagesner Chaves

La jueza penal de 7º Turno, Graciela Gatti, recibirá hoy una denuncia penal por la «desaparición forzada, torturas y homicidio» del militante comunista Ubagesner Chaves Sosa, la cual será acordonada a la causa contra el dictador Juan María Bordaberry. El escrito fue redactado por el abogado Oscar López Goldaracena.

La denuncia pretende que se investigue «la desaparición forzada y homicidio de Ubagesner Chaves Sosa, en el contexto represivo de la dictadura», la cual «resulta imposible de concebir fuera de un aparato organizado de poder». Chaves Sosa fue detenido «sin motivo, ilegalmente. Se le torturó, dio muerte y ocultó su cadáver para que no se localizara, al amparo de la impunidad que el mismo régimen generó», dice el escrito. La responsabilidad penal corresponde a «los ejecutores materiales», pero también son responsables todos «quienes tenían don de mando dentro del aparato del poder», porque es «evidente un involucramiento de distintos agentes estatales civiles y militares, desde las más altas cúpulas del Poder Ejecutivo» y las Fuerzas Armadas, señala. Sin embargo, la denuncia procura establecer un nuevo concepto de «mando» del que se ha utilizado hasta el momento para procesar a jerarcas civiles y militares responsables de violaciones a los derechos humanos durante la dictadura. El concepto «mando» no sólo comprende «al Presidente de la República y a los Comandos Generales que ejercieron ‘la dirección’ de la lucha ‘antisubversiva’ sino a todos los que ‘ejercieron don de mando’ en las reparticiones, unidades, grupos o servicios que hubieran estado involucrados en los hechos» denunciados, dice el abogado. La teoría se sustenta en el artículo 85 de la Ley Orgánica Militar, donde se define ‘mando’ como «aquel que tiene la facultad de decidir y ordenar dentro de lo establecido por las leyes y reglamentos militares». Por tanto, «es procedente el ejercicio de la acción penal contra los mandos jerárquicos pero también contra todos aquellos militares que estuvieron involucrados en los hechos y ocuparan, en el ‘aparato de poder’, posición con facultad de impartir órdenes (que tuvieran don de mando) en sus respectivas reparticiones», expresa el abogado. El escrito señala además que la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado «no califica la posición de mando» y utiliza un trabajo jurídico que realizó el actual ministro de Relaciones Exteriores, Gonzalo Fernández, sobre su concepción de «mando». La jueza recibirá hoy el testimonio de la viuda y la hija del militante comunista fallecido, así como el de otros tres testigos. Isidora Musco y Valentina Chaves concurrirán a las 13.30 horas para ratificar la denuncia, acordonada a la causa contra Juan María Bordaberry.

Musco y su hija declararán acompañadas de un psicólogo del Servicio de Rehabilitación Social (Sersoc), una ONG que presta ayuda psico-social a las víctimas del terrorismo de Estado y a sus familiares.

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