"Un pequeño paso a favor de la eliminación de las prisiones cortas", afirmó el legislador

Díaz Maynard presentó proyecto de penas alternativas a reclusión

El texto final del proyecto tuvo un amplio consenso en su momento y fue fruto de la reestructuración en la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración de la Cámara Baja de un anteproyecto original elaborado por la Suprema Corte de Justicia que hiciera suyo el Poder Ejecutivo y remitiera a la Asamblea General.

En su exposición de motivos, Díaz Maynard indica que el proyecto parte de una premisa esencial: la cárcel es un mal que no cumple los objetivos que habitualmente se le atribuyen. Las penas privativas de libertad se han convertido en los últimos dos siglos, en la sanción normal para quienes han cometido delitos. Impuestas al impulso de una ideología humanista, como sustitutivas de penas destinadas a provocar el sufrimiento físico y aún la muerte, están sometidas desde hace décadas a un profundo y sostenido movimiento crítico que llega hasta el abolicionismo. En ese sentido, el legislador señala que según una buena cantidad de estudiosos «la cárcel ha fracasado en su intento de reintegrar socialmente al recluso» además que estudios realizados en distintos países del mundo desarrollado, «indican que la reincidencia es mayor entre quienes han sufrido reclusión, con relación a quienes han sido sometidos a medidas no privativas de libertad. En términos sencillos, se ha dicho que resulta imposible educar para la libertad desde la ausencia total de ella».

Díaz Maynard afirma que «no creemos que el proyecto sea una panacea que vaya a solucionar toda la problematica del sistema. Simplemente, opinamos que apunta a atenuar las consecuencias nefastas de varios de los complejos problemas que lo aquejan. El objetivo básico del proyecto es tratar de evitar la universidad del delito que supone la reclusión e impedir que la comisión de algunos delitos leves pueda conducir a algunos ciudadanos a un medio que los pervierte en lugar de educarlos, como ha dicho el diputado Chifflet».

«Por otro lado, intenta mitigar el efecto pernicioso de la excesiva duración de los procesos, que lleva a que un procentaje importante de nuestros reclusos están procesados sin condena, lo que se vuelve crítico especialmente en las causas leves. Concomitantemente, apunta a descomprimir el hacinamiento que hoy tienen los centros de reclusión, donde hay el doble o el triple de presos para los que fueron diseñados», agrega el diputado encuentrista.

No obstante lo anterior, Díaz Maynard aclara que «el proyecto se respalda también en una segunda premisa. Existen algunos delitos en los cuales es imprescindible alejar a determinados individuos, para salvaguardar la seguridad de la sociedad en su conjunto y evitar que continúen cometiendo daños muchas veces irreparables». La intención del texto «no es propiciar una habilitación genérica para que quienes hayan cometido delitos, sea cual sea su gravedad, estén libres, o la inacción de la sociedad ante el delito. Más bien, procura amplificar las posibilidades reales de que no exista prisión preventiva o pena de privación de libertad, sino exclusivamente en los casos en que ello es imprescindible. Somos concientes de que estamos ingresando en un ámbito en el cual el país no tiene experiencia; estamos dando fundamento jurídico a la actitud de algunos jueces que han adoptado este criterio porque saben lo que es la prisión. En definitiva, estamos dando un pequeño paso a favor de la eliminación de las prisiones cortas, que resultan absolutamente inútiles e inconvenientes».

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