Justicia investigará caso de los "cinco fusilados de Soca"
El Poder Ejecutivo resolvió el pasado jueves 12 de junio que el caso de los «fusilados de Soca», que se tramita en el Juzgado Penal de 7º Turno, «no está amparado por la caducidad de la pretensión punitiva del Estado», por lo que se resolvió devolver las actuaciones al Poder Judicial.
La Suprema Corte de Justicia (SCJ) consultó, en mensaje Nº 16/2008, al Poder Ejecutivo sobre la pertinencia de continuar la indagatoria en autos caratulados «García Hernández, Amaral y otros denuncian», lo que fue admitido por resolución del Presidente de la República.
La consulta de la Corte se produce «conforme a lo previsto en el artículo 3 de la Ley Nº 15.848 de 22 de diciembre de 1986″, por el cual el Poder Judicial debe congelar la indagatoria sobre crímenes de la dictadura hasta tanto el Poder Ejecutivo se pronuncie sobre si los mismos están amparados por la ley.
El Poder Ejecutivo «ya ha interpretado que los mandos que impartieron las órdenes a los funcionarios subordinados no están comprendidos dentro de la caducidad penal establecida en el artículo 1º de la Ley Nº 15.848″, y por tanto «corresponde declarar excluido el presente caso», dice el decreto.
La causa de los «fusilados de Soca» corresponde a seis uruguayos secuestrados en Argentina, torturados y trasladados a Uruguay en el «vuelo cero» de 1974, cinco de los cuales fueron ejecutados en «represalia» por la muerte del coronel Ramón Trabal, asesinado en Francia. Julio Abreu fue el único sobreviviente de aquel secuestro y traslado ilegal de presos políticos.
La denuncia penal fue presentada por el Servicio de Paz y Justicia (Serpaj) y el grupo de abogados de derechos humanos en nombre de familiares de los matrimonios Floreal García y Mirtha Hernández, Héctor Brum y María de los Angeles Corbo, y de Graciela Estefanel, los cinco uruguayos ejecutados por el aparato represivo dictatorial.
La aparición de los cinco cadáveres fue comunicada por la Jefatura de Policía de Canelones, el 21 de diciembre de 1974, dos días después de la muerte de Trabal.
La aparición del niño Amaral García, hijo de Floreal García y Mirtha Hernández, diez años después evidenció que sus padres no ingresaron ilegalmente al país, sino que fueron secuestrados en Argentina y trasladados hacia Uruguay cuarenta días antes de su «fusilamiento».
Múltiples investigaciones de prensa señalaron que el homicidio masivo de Soca más que una represalia por la muerte del coronel Trabal (cuya ejecución el MLN negó), pudo ser una coartada de la propia dictadura para cubrir un asesinato de Estado, como consigna una nota del periodista Roger Rodríguez.
El caso de los «fusilados de Soca» denuncia a los ex dictadores Juan María Bordaberry y Gregorio «Goyo» Alvarez, a los mandos civiles, militares y policiales de la época y a los oficiales que actuaban en el Servicio de Información y Defensa (SID) o el Organismo Coordinador de Operaciones Antisubversivas (OCOA).
La exclusión del caso de los «fusilados» del amparo de la Ley de Caducidad abre nuevas expectativas entre los denunciantes con miras al futuro de la investigación judicial y su posterior derivación en el juzgamiento de los responsables.
Tras la resolución del Poder Ejecutivo la jueza Penal de 7º Turno, Graciela Gatti, y la fiscal Ana María Tellechea podrían comenzar la indagatoria en el corto plazo, indicaron fuentes de la investigación a LA REPUBLICA.
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