La SCJ deberá definir
El anuncio del Poder Ejecutivo de derogar el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a las jubilaciones y pasividades, así como la creación de un nuevo tributo para estos contribuyentes, abrió sendas interrogantes sobre la actitud que debería adoptar la Suprema Corte de Justicia y sobre el futuro de las acciones de inconstitucionalidad ya presentadas contra el tributo.
En caso de que el Parlamento apruebe, como así se da por hecho, el proyecto de ley elaborado por el Poder Ejecutivo, los cinco ministros de la Suprema Corte de Justicia, deberán tomar la decisión por mayoría simple sobre si se archivan los expedientes que aún no han sido tratados o si los mismos son estudiados uno por uno.
Si todo transcurre tal cual lo previsto, la derogación de la ley entrará en vigencia el próximo martes 1º de julio y ya al día siguiente los ministros se estarían reuniendo en el Acuerdo, para tratar el tema.
Fuentes de la SCJ señalaron que en caso de que la Corporación decida archivar los expedientes aún pendientes dejando debida constancia de ellos, los demandantes, llegado el caso, podrían llegar a recurrir a la Justicia Civil para reclamar la retroactividad. Las mismas fuentes señalaron que también podrían realizar lo mismo aquellas personas a quienes se les haya aplicado el IRPF y que no hubiesen presentado acción alguna ante la SCJ.
Voceros de la SCJ señalaron que el fundamento para el archivo de los expedientes restantes es que, una vez derogada la ley, el proceso carece de objeto, pero la otra lectura es que al haber estado vigente durante algún tiempo, se produjeron efectos, como por ejemplo en el caso de las personas que el fallo les fue positivo y que podrán solicitar la retroactividad.
Paralelamente marcaron que el tema deberá ser estudiado a fondo por todos los ministros ya que, como es público, no existe unanimidad de conceptos de acuerdo a la doctrina.
El presidente de la SCJ, doctor Jorge Ruibal Pino, dijo a LA REPUBLICA, que en caso de que el proyecto de ley sea aprobado, en la siguiente reunión del Acuerdo ya se comenzarán a estudiar los posibles caminos a tomar y agregó que, a su entender, en no más de tres o cuatro reuniones podrían estar arribando a una solución.
Lo cierto es que desde la semana próxima, pues en esta cuatro de los cinco ministros están realizando la revista de cárceles anual en el interior del país, se seguirán emitiendo sentencias sobre los expedientes presentados.
Polémica
El abogado y ex vicepresidente de la República, Gonzalo Aguirre, quien presentó seis acciones con fallo favorable de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) señaló que «mientras la ley no sea derogada las acciones siguen su curso. La SCJ debe seguirlas tramitando y dictar sentencia».
Sin embargo, «el tema principal es respecto de quienes obtuvieron la sentencia favorable», indicó el abogado. «Considero que en esas sentencias hay cosa juzgada y las jubilaciones de esas personas no pueden ser gravadas con impuestos, aunque se cambie el nombre y se modifiquen levemente las tasas, ya sea bajando o subiendo su carga impositiva», dijo Aguirre a LA REPUBLICA.
La aplicación del nuevo tributo a los accionantes con sentencia favorable «sería violatorio de la separación de Poderes» porque «no se pude por ley enervar los efectos de una sentencia anterior con el arbitrio de modificar una ley que fue declarada inconstitucional», continuó el profesional.
La abogada Soledad Uriarte, en tanto, descartó en primera instancia accionar contra la constitucionalidad del nuevo impuesto, como lo hizo contra el IRPF porque «hay que estudiar los fundamentos y la base de este impuesto». El anuncio, sin embargo, es «un reconocimiento del gobierno de la antijuricidad» del impuesto, dijo Uriarte a la prensa.
«Es admisible el debate de que indirectamente no se está respetando una sentencia de la SCJ, porque de forma oblicua se está haciendo que tributen jubilados con sentencia firme de la SCJ. Considero que no deberían hacerlo», explicó Uriarte.
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