Nuevo fallo beneficiará hoy a unos 5 o 6 jubilados
La Corporación, como era de preverse, sustentó la inconstitucionalidad de este tributo, en el mismo argumento que utilizó para la primera sentencia, que se conoció el miércoles 26 y que benefició a cuatro jubiladas y pensionistas del departamento de Rocha.
El fallo, redactado por el ministro Hipólito Rodríguez Caorsi, indica que el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a las jubilaciones viola el artículo 8 de la Constitución de la República, que consagra la igualdad de todos los ciudadanos, «no reconociéndose otra distinción entre ellas sino la de los talentos y las virtudes».
La SCJ «por mayoría de sus integrantes naturales (Rodríguez Caorsi, Jorge Ruibal Pino y Sara Bossio), entiende que procede hacer lugar al accionamiento de inconstitucionalidad planteado en autos» porque el tributo «infringe» el artículo 8 de dos maneras.
El IRPF es inconstitucional porque «trata de forma igualitaria a aquellas personas que están en distinta posición jurídica» y porque «se legisla en forma diferente respecto de aquellos que están en igual situación jurídica», dice la nueva sentencia.
Los ministros de «la mayoría» entienden que «los activos, o sea aquellos que trabajan y perciben por ello una contraprestación, están en diferente situación que los pasivos», quienes «reciben una prestación como retribución» de lo que aportaron a la seguridad social durante su etapa de actividad.
El presidente de la Corte, Ruibal Pino, volvió a disentir con los ministros de «la mayoría» en lo relativo a los artículos 67 y 72 de la Carta Magna, al considerar que el IRPF a las jubilaciones no viola estas normativas constitucionales, como solicitaron los accionantes.
Los ministros «en minoría», Leslie Van Rompay y Daniel Gutiérrez, esta vez no presentaron las discordias en la sentencia y se remitieron a lo expresado en la sentencia Nº 43/2008, donde fundamentan su opinión favorable a la constitucionalidad del tributo.
Nuevos fallos
La Corte fallará esta tarde, durante el «acuerdo de ministros», sobre un nuevo expediente que obtuvo cinco votos durante la etapa de estudio y está en posición de ser resuelto por los ministros, cuya sentencia se conoce hace tiempo: declarar inconstitucional el IRPF.
La sentencia que se emitirá hoy «está pronta» y beneficiará a unos «cinco o seis» jubilados, según señaló el redactor de la misma, Jorge Ruibal Pino, días atrás a LA REPUBLICA. La Corte notificará a las partes y luego procederá a dar a conocer el fallo, tal cual el procedimiento habitual.
Los ministros también pueden analizar hoy el recurso presentado por el abogado Javier Barrios Bove, quien solicitó que se proceda a instrumentar el recurso de «decisión anticipada», de acuerdo a los preceptos que indica el artículo 519 de la Constitución.
Barrios Bove dijo que la SCJ «no necesita unanimidad» para hacer lugar a esta potestad sino una mayoría de «tres a dos», por el contrario de lo que sucede con los Tribunales de Apelaciones, donde sí es necesario que el recurso salga por «tres en tres».
La intención es que la SCJ proceda a declarar inconstitucional todos los expedientes cuya argumentación sea similar a los que cuentan con sentencia firme, porque el IRPF a las jubilaciones «de hecho ya es inconstitucional con la primera sentencia», dijo Barrios Bove a LA REPUBLICA.
Los accionantes contra el IRPF y la oposición política buscan de esta manera que se emitan la mayor cantidad de sentencias posible sobre la inconstitucionalidad del tributo antes del retiro de la doctora Sara Bossio, el 7 de abril, como forma de presionar al gobierno para derogar la ley.
El cambio de ministro de la Corte puede implicar un vuelco en las resoluciones de inconstitucionalidad del tributo.
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