Terrorismo de Estado: Goldaracena reclamó reparar a toda la sociedad
En referencia a la reparación integral explicó que, por un lado, debe «asegurarle a la sociedad que los hechos no volverán a repetirse», mientras que, por otro, se tiene que «resarcir económicamente de alguna manera» a las víctimas.
¿Existe una verdadera ley de Reparación que contemple a todas las víctimas del terrorismo de Estado?
No, hasta el momento se ha legislado parcialmente y está pendiente el contar con una legislación sobre este tema.
Lo que se tiene que tener en cuenta es que la reparación tiene una especificidad propia y que se expresa en diferentes medidas de variada naturaleza y alcance, con la finalidad de restituir las situaciones al estado en que se encontraban antes de ser cometidas las violaciones. Esto, muchas veces se asocia sólo a la recomposición de carreras o a los efectos jubilatorios.
Pero, para el Derecho Internacional, la Reparación Integral va mucho más allá porque, esa restitución a la situación anterior, implica no solamente medidas de restitución, sino también de compensación e indemnización de los daños materiales e inmateriales generados, pero al mismo tiempo, requiere medidas de rehabilitación, de dignificación de las víctimas y medidas que se llaman de satisfacción. Por último, garantía de no repetición de los hechos.
¿Se puede volver a las situaciones que se vivían antes de ser cometidas las violaciones a los derechos humanos?
Naturalmente que no. Lo que se persigue con la Reparación Integral es, por un lado, asegurarle a la sociedad que los hechos no volverán a repetirse y, por el otro, como no se puede volver a las situaciones personales y generales de antes de las violaciones, ya que no hay dinero que pueda pagar lo que son los daños ocasionados a los proyectos de vida, es resarcirla, económicamente, de alguna manera.
¿En este concepto usted enmarca a toda la sociedad ?
Sin ninguna duda, porque la sociedad entera fue víctima del terrorismo de Estado, lo que necesariamente lleva a concluir que tiene derecho a que se repare el daño que sufrió como colectivo social.
El primer paso a dar es que el Estado reconozca y asuma la responsabilidad de la violación a los derechos humanos. Eso ya de por sí, es una forma de reparación.
La noción de víctima no debe restringirse solamente a aquel que sufrió la tortura o el asesinato por motivos políticos, sino que se extiende a los familiares y a toda la sociedad. Por eso es que anteriormente sostuve que no alcanza con leyes de reparación de carreras o jubilatorias como se han concretado en el país.
Han sido avaras….
Y sí, las actuales leyes han dejado afuera de los supuestos a muchísimas víctimas de las violaciones de derechos humanos, son leyes restrictivas que no cumplen los estándares internacionales.
Hay que tener en cuenta que los conceptos jurídicos no son inmutables, van evolucionado, y hoy, para el Derecho Internacional, en materia de derechos humanos, se entiende el concepto de víctima en su integralidad, atendiendo los aspectos económicos pero también los espirituales (como el daño moral y al proyecto de vida) y los casos particulares pero también los colectivos.
¿Cómo se puede desglosar el concepto de reparación?
El derecho a conocer la verdad, el derecho a la justicia, a rescatar la memoria, son formas de reparación que deben sumarse al reconocimiento por parte del Estado de su responsabilidad. A ello hay que agregar medidas concretas de restitución, compensación e indemnización
Y, medidas de rehabilitación concretas en materia de salud y de dignificación de las víctimas.
En materia de derechos humanos, la sociedad uruguaya debe ser reparada integralmente de la secuelas del terrorismo de Estado y una de las formas de hacerlo, aunque no la única, es que se dicte una ley especial de reparación que contemple todos estos aspectos. Nosotros ya presentamos, al respecto, un Proyecto de Ley que se está considerando internamente en el Frente Amplio.
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