Comisión de Asuntos Agrarios se opone al proyecto de repoblamiento

El PIT-CNT plantea reinstaurar impuesto a la tierra creado por Pacheco en 1967

El impuesto se creó en 1967 bajo el gobierno de Pacheco Areco y llevaba el nombre de Impuesto a la Producción Mínima Exigible (Improme). Este establecía una alícuota creciente en función de la extensión de los predios y de la productividad de los mismos. «Proponemos la reinstalación de este impuesto que grave severamente a los grandes propietarios de tierra, sin excepciones de ninguna especie, que recaude unos 200 a 300 millones de dólares anuales y cuyo producto sea destinado al INC para comprar tierra, pero también para suministrar, a los actuales y futuros colonos, condiciones de vida y trabajo», señalaron ayer los dirigentes en conferencia de prensa.

Los gremialistas argumentaron que el Estado –mediante los impuestos– se beneficia escasamente del éxito de sector agropecuario, que ronda los 1.700 millones de dólares anuales de PBI agropecuario. Actualmente el sector paga un 10% en impuestos y el Pit-Cnt propone que no se quede con menos del 30% del PBI agropecuario. Los integrantes de la Comisión de Asuntos Agrarios criticaron ayer la mayoría de las modificaciones que la Cámara de Diputados realizó a la Ley de Colonización Nº 11.029, mediante la Ley de Repoblamiento de la Campaña. Estas modificaciones ya fueron avaladas por la Comisión de Ganadería del Senado (por unanimidad). Según señalaron los gremialistas, los cambios tocan aspectos importantes de la Ley de Colonización, la cual «es una norma ejemplar que establece una reforma agraria y que no ha sido cumplida por falta de voluntad política de los gobernantes».

Dos de los artículos que criticaron duramente fueron: el Nº6, que le da la posibilidad al Instituto de crear fideicomisos, con la anuencia del Poder Ejecutivo, «con el objetivo de obtener fondos para la compra de tierras». Los dirigentes manifestaron su desacuerdo con esta alternativa que «consiste en apelar a procedimientos de ingeniería financiera para conseguir recursos para fines sociales y económicos de desarrollo nacional».

El otro artículo objetado fue el Nº15 que señala en su párrafo 6º lo siguiente: «Establécese un término de doce meses, a partir de la promulgación de esta ley, a efectos de que los propietarios de fracciones que formen las colonias afectadas al INC registren en este último sus títulos de propiedad, que se hallaren en infracción de lo preceptuado por el presente artículo, en la forma y las condiciones que establecerá la reglamentación a dictarse. Registrados los títulos de propiedad, quedarán convalidadas ‘ipso jure’ todas las nulidades que infraccionen a los contratos celebrados sin la autorización previa del INC». A criterio de los dirigentes, «este artículo establece una convalidación de las irregularidades cometidas con tierra afectada o de propiedad de colonización», operando en detrimento del patrimonio del Instituto.

Los gremialistas señalaron que su expectativa es que la votación en el Senado se postergue para poder discutir los cambios de la Ley de Colonización con más profundidad y con la participación de los distintos actores. La Comisión Nacional de Fomento Rural y la Subcomisión de Reforma Agraria del Servicio de Extensión de la Universidad de la República también apoyan esta propuesta. *

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