Resolución del Mercosur desprotege a radios locales

El senador socialista José Korzeniak remitió un pedido de informes a los ministerios de Defensa Nacional y de Relaciones Exteriores para conocer si en los acuerdos que Uruguay está negociando en el ámbito del Mercosur para la distribución de ondas «se está aceptando eliminar el criterio de las distancias de los centros emisores», modificando el criterio de protección de coberturas para las radios uruguayas en la frontera.

«Si esto fuera cierto sería dañoso para las garantías de las ondas uruguayas. Sería dañoso porque aun respetando ese criterio, hoy en día las radios del Litoral están invadidas por las emisiones argentinas y brasileñas, y qué ocurriría si encima le sacamos ese criterio», afirma el parlamentario encuentrista.

Según pudo saber LA REPUBLICA, los directores nacionales de Comunicación de los cuatro países del Mercosur refrendarán entre hoy y mañana el acuerdo y lo pondrán a referéndum de los presidentes en una instancia posterior. El director Nacional de Comunicaciones, Pérez Tabo, partió ayer rumbo a ese encuentro.

La situación ha generado preocupación en varias radios del Interior que están preocupadas y que analizan, de oficializarse la resolución, la presentación de recursos.

La revista Posdata en una nota publicada en su edición del viernes 3 de noviembre informó: «La interferencia por parte de emisoras argentinas y brasileñas a radios uruguayas es frecuentemente denunciada por los operadores del Litoral del territorio uruguayo.

Pese a que el sistema político y las autoridades una y otra vez se han mostrado sensibles a los reclamos, la tecnocracia de la Dirección Nacional de Comunicaciones parece decidida a ceder antes las presiones de Argentina y Brasil y se apresta a dar el visto bueno a un documento técnico elaborado en una de las comisiones del Mercosur que elimina las salvaguardas de transmisión de la radiotelefonía uruguaya de frecuencia modulada al imponer una cláusula insólita mediante la cual ‘no se considera la protección fuera de la frontera del Estado Parte’. Esta inocente precisión incluida en el artículo 5º echa por tierra la protección de 270 kilómetros para radios de alta potencia».

El documento al que se hace referencia fue analizado en la última reunión del subgrupo de Comunicaciones Nº1 del Mercosur, Comisión Temática de Radiodifusión.

En su pedido de informes Korzeniak indicó que «no se sustituye esto por un régimen que tenga mejores garantías, sino que simplemente se elimina ese criterio».

En tal sentido, el legislador socialista indicó que el criterio de protección de coberturas ha sido ratificado recientemente «por países desarrollados que lo siguen manteniendo como una garantía».

«Sin ser yo un técnico, si esta modificación se llevara a cabo, lo que me han informado es que esto solamente beneficiaría a los grandes países que tienen potencia como para tapar a otras más pequeñas, y por tanto, en vez de mejorar esa situación que ha despertado quejas en el Parlamento de parte de Radio Colonia y varias radios del litoral oeste y algunas del Litoral Este, esa situación se agravaría», estimó Korzeniak.

Cuatro preguntas

En su pedido de informes, el senador Korzeniak realiza cuatro preguntas a las carteras de Defensa Nacional y de Relaciones Exteriores: 1) ¿Qué medidas de contralor se han adoptado para verificar el cumplimiento de los acuerdos celebrados con Argentina y Brasil en el año 1980 y recogidos en la ley Nº 15.093?

2) Si luego de la promulgación de la referida ley existieron cambios de criterios que hayan modificado el principio de preservación en el derecho de uso y goce a las frecuencias de radio y televisión.

3) Si en la reunión del Subgrupo de Comunicaciones Nº 1 del Mercosur, Comisión Temática de Radiodifusión, se redactó un proyecto de «Marco Regulatorio del Servicio de Radiodifusión Sonora por Modulación de Frecuencia, FM».

4) Si el referido proyecto incluye la eliminación o modificación del criterio de protección de coberturas basado en el respeto a una separación mínima de distancias entre estaciones taxativamente descriptas en el artículo XI de la Ley Nº 15903.

Te recomendamos

Publicá tu comentario

Compartí tu opinión con toda la comunidad

chat_bubble
Si no puedes comentar, envianos un mensaje