IMM no descarta recurrir a la Justicia por deudas
El beneficio que puso en práctica la IMM implica la exoneración de multas y recargos a los contribuyentes que deban las dos primeras cuotas de Contribución Inmobiliaria urbana del año 2000. Para acceder al beneficio, los interesados deberán abonar en fecha la tercera cuota y las dos atrasadas antes del próximo 28 de diciembre. Además deberán estar libres de deudas en ejercicios anteriores.
Para las deudas por Contribución Inmobiliaria, Tasa General Municipal y tributos de cobro conjunto con ambas exigibles al 31 de diciembre de 1999, se baja la multa por atraso de 15 al 5 por ciento en caso de pago al contado y al 10 por ciento en caso del pago en cuotas.
Los contribuyentes recibirán las facturas correspondientes a ambos tributos en su domicilio y la liquidación de sus adeudos con la condición de pago contado, lo cual podrán hacer efectivo en la red descentralizada de pago. También recibirán las condiciones en las que pueden hacer convenios con la IMM.
Si el contribuyente opta por el pago al contado contará con bonificaciones, mientras que quienes no lo puedan hacer tendrán que concurrir a la comuna, previa solicitud de día y hora por el teléfono 9080908.
Medidas de contralor
Una vez transcurrido el período «se aplicarán las medidas de contralor las cuales serán más estrictas», aseguró a LA REPUBLICA el director del Departamento de Recursos Financieros, Alfredo Asti.
«El inicio del trámite judicial será a través de una intimación y la prosecución de los juicios hasta la culminación, fundamentalmente en aquellos sectores en los cuales se compruebe que no es por falta de capacidad contributiva que mantienen deudas con la comuna», indicó.
El jerarca municipal aseguró que la fiscalización es una «tarea habitual que realiza la comuna capitalina», pero que en este caso, «una vez liberados los recursos técnicos informáticos y teniendo en cuenta que existirá una cantidad de contribuyentes que habrán regularizado su situación, sólo quedarán quienes no lo hayan hecho».
Por tanto, la fuerza de la Unidad de Gestión de Morosos «va a estar encaminada a esos contribuyentes que no se hayan puesto al día, ya que las normativa actual habilita al municipio para exigir el cobro de los adeudos», expresó Asti.
El jerarca comunal destacó que «nunca se descartan las instancias judiciales, en este momento mucho de los deudores están ya ante instancias judiciales y tienen posibilidades de acogerse al beneficio. Incluso hay facilidades de pago de honorarios judiciales que ya se han generado y la condición para posibilitar la suspensión de los mismos es que debe cumplirse con el pago de la cuota de los convenios, si no caen y se retoma la deuda original con todas las multas y recargos correspondientes».
El procedimiento se aplicará luego de que el gobierno departamental «estudie cuál ha sido la respuesta de los contribuyentes». Además deberá analizar «cuál ha sido el cumplimiento de los convenios que se hayan suscrito. Porque si alguien firma un convenio y luego lo incumple, será pasible de las acciones correspondientes».
Las acciones que habilita la legislación actual comienzan «con una intimación, la iniciación del juicio, y se puede culminar con el remate del bien que se encuentre en situación de adeudo, aunque existen etapas anteriores como el embargo», afirmó Asti.
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