Soler: "No tiene autoridad moral"
Soler recuerda el papel de Sanguinetti para la promulgación de la Ley de Caducidad, el nombramiento del general (r) Hugo Medina como ministro de Defensa, el rechazo a investigar la suerte de los desaparecidos en el marco del artículo 4o de la Ley de Caducidad y en particular las afirmaciones de Sanguinetti en torno a que la nieta de Juan Gelman no estaba en Uruguay.
En uno de los pasajes fundamentales de su carta que remitió a LA REPUBLICA desde Barcelona, Soler afirma que «durante estos diez anos de impunidad, cobardía y burla del deseo popular de verdad, el Dr. Sanguinetti ha desconocido sistemáticamente los requerimientos y denuncias de la Justicia de tres países (Espana, Italia y Francia) y el reclamo de organismos internacionales como Amnistía, el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que no han cesado de denunciar la ley de caducidad como violatoria del derecho internacional y de requerir su cancelación».
Por último el maestro Soler senala: «Finalizo como comencé: denunciando la ineptitud del Dr. Sanguinetti para sugerir pautas de comportamiento a ningún otro país en esta materia. Los chilenos resolverán el caso Pinochet sin cenirse al consejo de tan pusilánime gobernante y de tan presuntuoso periodista. La sociedad uruguaya tiene una vieja, impagada e importante deuda con los desaparecidos y con sus familiares. Y quien más ha contribuido a las dolorosas dimensiones de esa deuda se llama Julio María Sanguinetti».
La carta
Reproducimos a continuación la totalidad de la carta remitida por el maestro Miguel Soler; he aquí su texto:
Barcelona 19 de septiembre de 2000
Sr. Director de LA REPUBLICA
Dr. Federico Fasano Mertens
Sr. Director:
EL PAIS de 18 de septiembre incluye el artículo «Despinochetizar» Chile, firmado por el Dr. Julio María Sanguinetti, quien fue Presidente de Uruguay en los períodos posdictatoriales 1985-1990 y 1995-2000. Deseo comentar dicho artículo en mi calidad de ciudadano uruguayo.
La tesis del Dr. Sanguinetti, por lo que hace al caso chileno y en particular al juicio en curso al General Pinochet, es que «las fuerzas políticas no parecen inclinadas a asumir un debate tan escabroso». Y refiriéndose a los dos colectivos políticos principales chilenos, «desean dar vuelta la hoja». Y la gente, que es lo que más importa, también. Parecería llegada la hora de clausurar los pedidos de exámenes».
No comentaré el caso chileno. En cambio quiero hacer dos afirmaciones: la primera es que el Dr. Sanguinetti se refiere a Chile con el pensamiento puesto en el caso uruguayo, en el que mucho le ha importado y le sigue importando «dar vuelta la hoja». La segunda es que el Dr. Sanguinetti carece de autoridad política y moral para pontificar en materia tan importante y sensible como es la de los derechos humanos, avasallados en grados variables pero siempre dolorosísimos durante las no tan lejanas dictaduras en el Cono Sur. Veamos algunos hechos.
El 6 de febrero de 1985, el Dr. Sanguinetti, recientemente electo Presidente de Uruguay, encontrándose en Caracas, declaró que «desde el primero de marzo (fecha en que asumiría el cargo) la Justicia Ordinaria procederá a juzgar a los militares acusados de violaciones de los derechos humanos». No obstante, en los quince anos siguientes, de los cuales en diez el Dr. Sanguinetti presidió el país, ningún militar ni policía ha comparecido ante la justicia en Uruguay para dar cuenta de sus actos durante la dictadura militar. Es éste, en la América Latina de hoy, una situación de simbiótica, complicidad, de cobardía y de contumada violación de las leyes nacionales e internacionales vigentes en la materia.
Inmediatamente después de tomar posesión el Sr. Sanguinetti, en marzo de 1985 fue aprobada la Ley de Amnistía (Ley 15737) cuyo Artículo 1o dice: «Decrétase la amnistía de todos los delitos políticos, comunes y militares conexos con éstos cometidos a partir del 1o de enero de 1962″. La amnistía permitió la inmediata salida de las cárceles de los innumerables presos políticos recluidos por la dictadura. Pero el Artículo 5o de la misma ley agregaba: «Quedan excluidos de la amnistía los delitos cometidos por funcionarios policiales o militares equiparados o asimilados, que fueran autores, coautores o cómplices de tratamientos inhumanos, crueles o degradantes, de la detención de personas luego desaparecidas, y por quienes hubieren encubierto cualquiera de dichas conductas».
En abril de 1985 fue constituida en la Cámara de Diputados la Comisión Parlamentaria de Investigaciones, la cual recogió múltiples testimonios y produjo en noviembre de ese ano el informe correspondiente. La Comisión careció de potestades para contrastar los testimonios civiles con los de los miembros de las Fuerzas Armadas. Pero llegó a la conclusión de que los desaparecidos uruguayos en el país y en el exterior eran 165 (118 hombres, 39 mujeres y 8 ninos).
Las denuncias respecto a violaciones de los derechos humanos empezaron a ejercer presión en los juzgados, los cuales procedieron a citar a los militares presuntamente involucrados. El Comandante en Jefe del Ejército, general Hugo Medina, hizo saber que dichas citaciones no habían sido cursadas a sus destinatarios porque él las tenía a buen recaudo en la caja fuerte de su despacho. Este desacato colectivo de las Fuerzas Armadas, verdadera amenaza de golpe de estado, forzó al Presidente Sanguinetti a obtener del Parlamento la urgente sanción de la que se llamó Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado, Ley No 15.848 de 22 de diciembre de 1986. Era, para resumir, una ley de punto final. Con una importante salvedad, pues su Artículo 4o decía:»… el Juez de la causa remitirá al Poder Ejecutivo testimonios de las denuncias presentadas hasta la fecha de promulgación de la presente ley referentes a actuaciones relativas a personas presuntamente detenidas en operaciones militares o policiales y desaparecidas, así como de menores presuntamente secuestrados en similares condiciones. El Poder Ejecutivo dispondrá de inmediato las investigaciones destinadas al esclarecimiento de estos hechos».
El Presidente no encontró mejor solución que burlar la voluntad del legislador remitiendo todos los antecedentes al coronel José Sambucetti, fiscal militar, quien muy diligentemente llegó a la conclusión de que no se constataba la participación de personal militar o policial en los casos denunciados. Como era previsible, ningún miembro de las Fuerzas Armadas sabía nada y eso fue lo comunicado al Poder Ejecutivo, el cual dio traslado del dictamen a los familiares correspondientes.
Este agravio al derecho del pueblo a conocer la verdad llevó a la ciudadanía a reunir más de 600.000 firmas, haciendo uso del recurso constitucional del referéndum, para lograr la derogación de la ley de caducidad. La estrategia del Gobierno fue la de auspiciar (como lo hace hoy el Dr. Sanguinetti para un pueblo hermano) la vuelta de hoja. Los riesgos de retornar a un pasado de violencia fueron invocados como un argumento contrario a la cancelación de la incumplida ley y el 16 de abril de 1989 el 60% de los ciudadanos uruguayos se inclinó por el mantenimiento de la misma. La complicidad Fuerzas Armadas/Gobierno siguió pues su curso. Todo continuó igual.
El Artículo 168 de la Constitución establece que corresponde al Presidente de la República «el mando superior de todas las fuerzas armadas», pero, en la práctica, éstas continuaron actuando con total autonomía. Durante quince anos confusos y tristes, Uruguay fue una democracia tutelada. Ningún militar o policía, pese a requerimientos que venían del país y del exterior, fue juzgado y el Presidente, en numerosas ocasiones, hi
zo las propuestas necesarias ante el Senado (con mayoría conservadora) para ascender de grado a militares notoriamente comprometidos en la violación de los derechos humanos. Más aún, el general Hugo Medina, anterior Comandante en Jefe del Ejército durante la dictadura, fue designado Ministro de Defensa por el Dr. Sanguinetti.
El 16 de abril de 1997 comenzó un nuevo intento a favor de la verdad y la justicia. La Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos y otras entidades organizaron en el Paraninfo de la Universidad de la República un gran acto presentando una petición al Dr. Sanguinetti firmada por centenares de intelectuales, artistas, deportistas, educadores, etc. para que pusiera en ejecución el mandato del Artículo 4o de la Ley de Caducidad. Soy uno de los firmantes de la petición. A ella contestó el Presidente el 30 de diciembre de ese ano (ocho meses después) con un largo alegato de 29 páginas en el que enuncia «la profunda convicción del Poder Ejecutivo de que ningún acto de autoridad de este poder del Estado podrá contribuir efectivamente a satisfacer la aspiración personal de los peticionantes». La decepción y la indignación fueron grandes. La Asociación de Hijos de Desaparecidos remitió una carta al Presidente diciéndole entre otras cosas: «A ningún familiar de desaparecidos, a ninguna sociedad, usted ni nadie puede robarle la verdad, decretar su olvido e ignorar sus heridas».
El caso de la nieta del poeta argentino Juan Gelman es más reciente y conocido. En mayo de 1999 Gelman se dirigió por carta al Presidente Sanguinetti exponiendo con detalles y múltiples referencias nominales concretas la desaparición de su nuera en Uruguay y el secuestro de su nieto o nieta, nacido en el Hospital Militar. Más de dos mil intelectuales y políticos de 20 países, incluyendo varios premios Nobel, apoyaron a Gelman ante el Presidente quien, ante la presión internacional, confió las investigaciones, una vez más, a la justicia militar y recién el 5 de noviembre de 1999 contestó a Gelman: «Requerí que se realizara una discreta (sic) averiguación. Puedo tener el mejor ánimo, pero ni yo ni nadie en el mundo tiene la capacidad de milagro de aclarar algo tan difícil con sólo una orden».
Fue uno de sus últimos actos de gobierno. El 1o de marzo de 2000 pasó a ocupar la Presidencia el Dr. Jorge Batlle, quien seguramente hizo algo más que discretas averiguaciones: el 5 de junio de este ano apareció en Montevideo una joven de 23 anos, la nieta de Gelman. Y el pasado 9 de agosto, el Presidente Batlle instaló la Comisión para la Paz, a la que le concedió 120 días para investigar y recibir información, incluso de las Fuerzas Armadas, sobre el paradero de los desaparecidos uruguayos.
Agrego que durante estos diez anos de impunidad, cobardía y burla del deseo popular de verdad, el Dr. Sanguinetti ha desconocido sistemáticamente los requerimientos y denuncias de la Justicia de tres países (Espana, Italia y Francia) y el reclamo de organismos internacionales como Amnistía, el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que no han cesado de denunciar la ley de caducidad como violatoria del derecho internacional y de requerir su cancelación.
Finalizo como comencé: denunciando la ineptitud del Dr. Sanguinetti para sugerir pautas de comportamiento a ningún otro país en esta materia. Los chilenos resolverán el caso Pinochet sin cenirse al consejo de tan pusilánime gobernante y de tan presuntuoso periodista. La sociedad uruguaya tiene una vieja, impagada e importante deuda con los desaparecidos y con sus familiares. Y quien más ha contribuido a las dolorosas dimensiones de esa deuda se llama Julio María Sanguinetti.
* Miguel Soler Roca – DNI 38.072.832 N
Graus, 10, Esc. A. Entlo, 2a / 08017 Barcelona / Tel. 93 204 41 07.
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