Audiencias con militares, suspendidas
El doctor Charles, juez penal de 19º Turno, entendió que aunque dos de los nueve con pedido de procesamiento no antepusieron recurso alguno es pertinente suspender el proceso inclusive de los mismos, en tanto inmiscuidos junto al resto en idéntica causa.
De este modo, el magistrado procederá, hoy mismo, a trasladar el expediente completo, incluyendo el recurso de inconstitucionalidad presentado por la defensa de los siete restantes acusados de la desaparición de Adalberto Soba y Alberto Mechoso, ante la Suprema Corte de Justicia (SCJ) quien deberá pronunciarse respecto de si hace lugar a dicho alegato.
En definitiva el juez Charles pospuso las actuaciones a causa del recurso, presentado el jueves, por los abogados Germán Amondarain y Julio Suárez, defensores de Jorge Silveira, Ernesto Ramas, Luis Maurente, Gilberto Vázquez, Ricardo Medina, José Sande Lima, y el único que al momento goza de libertad, Juan Antonio Rodríguez Buratti. En consecuencia, el magistrado deberá esperar un pronunciamiento de la SCJ, para, en caso de obviarse el recurso, resolver sobre el pedido de procesamiento por «asociación para delinquir» y «privación de libertad» de 12 años de cárcel, sugerido por la fiscal Mirtha Guianze.
El pedido de inconstitucionalidad no fue presentado por Rosana Gavazzo y Estela Arab, defensoras de sus respectivos padres José Nino Gavazzo y José «Turco» Arab.
Los fundamentos que respaldan la solicitud de inconstitucionalidad propuesta se amparan en al artículo 5º de la Ley de Amnistía de 1985 (Ley Nº 15.737) aprobada por el entonces presidente Julio María Sanguinetti, y sus ministros Carlos Manini Ríos, Juan Vicente Chiarino y Adela Reta, ministros del Interior, de Defensa, y de Cultura, respectivamente.
Dicho artículo decreta: «Quedan excluidos de la amnistía los delitos cometidos por funcionarios policiales o militares, equiparados o asimilados, que fueran autores, coautores o cómplices de tratamientos inhumanos, crueles o degradantes o de la detención de personas luego desaparecidas, y por quienes hubieren encubierto cualquiera de dichas conductas.
Esta exclusión se extiende asimismo a todos los delitos cometidos aun por móviles políticos, por personas que hubieren actuado amparadas por el poder del Estado en cualquier forma o desde cargos de gobierno».
En síntesis la solicitud de la defensa consiste en sostener que la Ley de Amnistía, en su artículo quinto, en tanto excluyó expresamente a los militares y policías de los indultos que entonces fueron otorgados a los responsables de delitos políticos, comunes, militares y conexos de los presos políticos de la dictadura, debería declarase inconstitucional.
«Esta película ya la vimos»
Ante estas circunstancias, el doctor Oscar López Goldaracena, principal impulsor de la anulación de la Ley de Caducidad, manifestó que desde el punto de vista jurídico, el recurso de inconstitucionalidad presentado se sustenta en una manipulación de argumentos que no resisten el menor análisis y que tienen la finalidad de demorar la indagatoria que se viene llevando a cabo.
En tal sentido fundamentó que «señalar que la exclusión de los militares de la ley de amnistía de 1985 es inconstitucional, es un absurdo jurídico, porque las violaciones graves a los derechos humanos cometidas desde el gobierno de un Estado no pueden ser amnistiadas, sino que por el contrario, se tiene la obligación jurídica de juzgar.
Es muy simple: en relación con los crímenes de lesa humanidad existe el deber de perseguir y juzgar».
De esta forma, el jurista advierte que de todas formas, y teniendo una clara finalidad dilatoria, la Suprema Corte de Justicia puede adoptar una decisión rápida y anticipada.
Por otro lado reflexionó que desde el punto de vista ético, político y social, existe un reclamo de toda la sociedad en que se cierren las secuelas de la dictadura y es solamente terminando con la impunidad y recorriendo un camino de Verdad y Justicia que se recompondrán los valores y el pleno Estado de Derecho.
«La justicia requiere muchas veces de un largo recorrido y estamos confiados en que ya llegará la hora de juzgar los crímenes de lesa humanidad. Nos lo impone la más elemental conciencia social, el interés del bien común y el futuro».
Finalmente remató: «Esta película ya la vimos, pero estoy absolutamente convenido de que el final será completamente distinto ya que por más chicanas jurídicas que existan, habrá justicia».
Compartí tu opinión con toda la comunidad