Oscar López Goldaracena, candidato a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA

"Anular la caducidad para construir una nueva identidad de respeto a los derechos humanos"

El abogado Oscar López Goldaracena afirma que Uruguay debe generar un debate político y ético para anular la Ley de Caducidad y cumplir con la obligación de adecuarse a las normas internacionales que consideran inadmisibles las leyes que impiden juzgar los crímenes de lesa humanidad.

«Debemos construir un nuevo modelo de convivencia social» y «nos deberíamos preguntar: ¿vamos a juzgar o no los crímenes contra la humanidad? ¿qué mensaje estamos construyendo si los crímenes más aberrantes quedan sin juzgar?», subrayó el jurista.

El doctor López Goldaracena, candidato a integrar la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en 2007, fue consultado por LA REPUBLICA sobre las implicancias que el Estado uruguayo tiene en el mantenimiento de la Ley de Caducidad, cuando esa norma no se ajusta al derecho internacional.

«La Ley de Caducidad es un obstáculo para la Justicia y por lo tanto debe ser removida del ordenamiento jurídico», sostuvo el autor del proyecto de ley «Genocidio, Crímenes de Lesa Humanidad, Crímenes de Guerra y Cooperación con la Corte Penal Internacional», que actualmente se discute en el Senado.

López Goldaracena, quien se desempeñó como asesor de la cancillería en su condición de experto en derechos humanos en el marco de un convenió con Naciones Unidas entre agosto y marzo último, también advierte los riesgos de que se mantenga la impunidad existente en Uruguay desde hace dos decenios.

«La falta de justicia confunde y desacredita la convicción en las bases sobre las cuales debe asentarse nuestra sociedad», declara y enfatiza: «No podemos correr el riesgo de que el ocultamiento, la mentira, el secreto y la impunidad nos impidan distinguir y jerarquizar los principios y valores de la convivencia social».

 

La sentencia de la CIDH

 

–¿Cuál es la opinión de la CIDH sobre las llamadas leyes de impunidad?

–La Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA, que es el órgano de contralor del sistema regional de derechos humanos, entiende que las leyes que impiden el juzgamiento a los crímenes cometidos por el Estado durante las dictaduras militares deben ser suprimidas del ordenamiento jurídico. La Corte Interamericana en el caso «Barrios Altos», en 2001, calificó las leyes de impunidad como «inadmisibles» por contravenir derechos inderogables reconocidos por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. En forma expresa, señaló que dichas leyes carecen de efectos jurídicos. Es uno de los tantos argumentos que sustentan mi postura sobre la necesidad de anular la Ley de Caducidad.

–La CIDH ya se pronunció en contra de la Ley de Caducidad.

–En relación con Uruguay, en su Informe 29/92, la CIDH declaró que la Ley de Caducidad viola los arts. 1, 8 y 25 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos y además recomendó al Estado uruguayo que otorgue una compensación justa a las víctimas o sus herederos y que adopte todas las medidas necesarias para esclarecer los hechos e individualizar a los responsables. Quiere decir que para el caso de los desaparecidos, no sólo se trata de conocer su destino, sino de saber quiénes fueron los responsables y autores de la desaparición.

–¿Qué valor tienen las resoluciones de la CIDH de OEA en la materia?

–Un gran valor jurídico y político: impone la obligación al Estado de adecuarse a las normas internacionales de derechos humanos y suprimir el contexto de impunidad. Debemos tener presente que la Corte Interamericana, en el caso Loysa Tamayo de 1997, entendió que los Estados tienen la obligación de aplicar las recomendaciones de la CIDH, ya que al estar referidas a Tratados sobre derechos humanos fundamentales, el principio de la «buena fe» obliga a cumplir lo señalado por la Comisión.

 

Para anular la caducidad

 

–¿Cómo puede cumplir el Uruguay con sus obligaciones internacionales y con lo que recomienda la CIDH de la OEA?

–Fundamentalmente, llegando a la verdad, a la justicia y a la reparación. La Ley de Caducidad es un obstáculo para la Justicia y por lo tanto debe ser removida del ordenamiento jurídico, y al respecto es conocida nuestra propuesta de que debe ser anulada. En 1986 ya sostuvimos que el Estado no podía dictar una ley que impidiera el castigo de crímenes contra la humanidad, por ser violatoria de normas de «jus cogens». La consecuencia jurídica de haber ido contra estos principios, determina, en nuestro criterio, la nulidad de la ley. Las normas que imponen el juzgamiento de los crímenes contra la humanidad no reconocen límites geográficos para su aplicación y están situados en el vértice del ordenamiento jurídico, siendo absolutamente nulos los tratados celebrados en violación de las mismas y, con más razón, serían absolutamente nulas las leyes de un país sancionadas en contradicción con sus preceptos. Pero no olvidemos que además, por otras consideraciones jurídicas también se llega a la misma conclusión: la inconstitucionalidad de la ley por afectar derechos fundamentales y atentar contra la división de poderes; o incluso por el especial contexto de presión y amenazas durante el cual fue aprobada.

–¿El haber sido respaldada por un referéndum no cambia la naturaleza de la Ley de Caducidad?

–En absoluto. Si nació nula, sigue siendo nula. El referéndum le otorgó sustento político en un momento determinado y en circunstancias muy especiales, pero no validó la ley desde el punto de vista jurídico si la misma era nula, ni la cambió de categoría jurídica. He puesto reiteradamente el ejemplo de la esclavitud en el sentido de que aun estableciéndola por votación popular, la misma sería jurídicamente nula. La anulación de la Ley de Caducidad tiene un contundente fundamento jurídico que hemos expresado claramente cuando nos consultó la Comisión de Constitución y Legislación del Senado y lo hemos publicado en el Informe Anual de Serpaj.

–¿Es posible, políticamente hablando, anular la Ley de Caducidad?

–Hay sectores políticos claramente definidos, como es el caso del senador Rafael Michelini. Hay organizaciones de derechos humanos, como Serpaj, que también impulsan la nulidad; el movimiento sindical y otras organizaciones sociales. Lo importante es continuar con la instancia de reflexión. Una reflexión a fondo, no solamente sobre los aspectos jurídicos, sino sobre los aspectos éticos que conlleva la impunidad de los crímenes de lesa humanidad. Declarar la nulidad de la ley es una opción y la generación actual es la que debe resolver si este es el camino político a seguir en el marco del tipo de sociedad a la que aspira.

 

Necesidad de un debate

 

–¿Cómo podría resolverlo la generación actual?

–Debe instalarse la discusión en el plano político y ético, con valoración histórica pero también con visión de futuro. Los procesos de restablecimiento democrático de América Latina, finalizadas las dictaduras militares tuvieron que dar respuesta a las violaciones sistemáticas de los derechos humanos perpetradas por el Estado. En dicha momento, fue común advertir que los militares no solamente no mostraron su arrepentimiento, sino que tampoco reconocieron su participación y responsabilidad; por el contrario, negaron los hechos, les restaron importancia o bien los calificaron como actos aislados, confiados en que el poder real y efectivo que en la realidad mantenían, fuese visto por los políticos de la época, como un elemento de disuasión y amenaza. Es bajo esta presión que se sanciona la Ley de Caducidad, como una solución política ciega al Derecho, co
nstituyéndose en instrumento para el ocultamiento de las violaciones a los derechos humanos ocurridas y para la impunidad de sus autores.

–Pero hoy es otro tiempo histórico…

–Hay momentos históricos que actúan como bisagra. La política que se viene implementando desde el 1 de marzo de 2005 en relación con la Verdad y la Memoria, ha aportado avances significativos, fundamentalmente, al dejar en evidencia las atrocidades de la dictadura, ocultadas durante décadas. Aun sin mucha perspectiva histórica podríamos decir que el período transcurrido desde marzo de 1985 hasta febrero de 2005, fue un mero «tiempo de transición» en materia de derechos humanos. Hoy vivimos una nueva etapa en la cual la sociedad comienza a enfrentar, descarnadamente, su pasado; recién está comenzando a conocerlo. No fueron actos aislados o desvíos sin importancia. Se comprueba una violación sistemática de los derechos humanos, coordinada bajo el «Plan Cóndor» y sin margen para la duda, puede afirmarse que existieron crímenes de lesa humanidad. Por lo tanto, nadie puede quitarle a la ciudadanía la legitimidad de debatir sobre estos hechos, hoy, en la búsqueda de una actitud definitiva a ser adoptada frente a la violación de los derechos humanos ocurrida durante la dictadura.

 

Riesgos de la impunidad

 

–¿Cómo debería procesarse esa discusión política y ética?

–Instalada la discusión, debería reconocerse que la sanción de la Ley de Caducidad fue una solución equivocada en lo jurídico, pero también en lo político y en lo ético. Yo entiendo que la consolidación definitiva y sustancial del Estado de Derecho implica que la sociedad en su conjunto asuma que la Justicia es un elemento innegociable del modelo cultural inherente a la democracia, cuando se trata de dar respuesta a situaciones que califican como «crímenes de lesa humanidad».

–Y para eso hay que anular la Ley de Caducidad…

–No se trata de anular la Ley de Caducidad «porque sí» o por «formalidades jurídicas», sino porque debemos pensar en construir una nueva identidad nacional sobre la base del respeto integral de los derechos humanos (y ojo que no son solamente los derechos civiles y políticos, sino también los culturales, económicos y sociales en un todo «indivisible»). No hay que inventar nada; tenemos a mano la matriz conceptual de los derechos humanos y ella es la que debería inspirar a toda la acción política de cualquier gobierno. Debemos construir un nuevo modelo de convivencia social y en lo que refiere a las violaciones a los derechos humanos ocurridas durante la dictadura, nos deberíamos preguntar ¿vamos a juzgar o no los crímenes contra la humanidad? ¿Qué mensaje estamos construyendo si los crímenes más aberrantes quedan sin juzgar?

–¿Hay respuestas a esas preguntas?

–No podemos correr el riesgo de que el ocultamiento, la mentira, el secreto y la impunidad nos impidan distinguir y jerarquizar los principios y valores de la convivencia social. La falta de justicia confunde y desacredita la convicción en las bases sobre las cuales debe asentarse nuestra sociedad. En definitiva, entiendo que no solamente se impone la nulidad de la ley por razones jurídicas, sino también por profundos motivos éticos y políticos. El reconocimiento de la Verdad y la efectiva aplicación de la Justicia, constituyen elementos indispensables e indisolubles para reconstruir el entramado social, fortalecer la democracia y consolidar los valores al que buena parte de los uruguayos aspiramos. *

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