
Los dueños de la radio 94.7 Concierto FM fueron acusados de haber defraudado a la Dirección General Impositiva por una suma estimada en unos 12 millones de dólares, y en la tarde de ayer fueron fichados en Cárcel Central, donde permanecerán recluidos.
Según se informó, se mantiene el embargo genérico sobre los bienes comerciales de los empresarios. Ese embargo comprende a las sociedades anónimas que son propiedad de los hermanos Rupenian, entre ellas, 94.7 Concierto FM.
En su resolución (Nº 229 de fecha 5 de abril de 2006) la jueza letrada en lo Penal de 6º Turno de la capital, doctora Fanny Canessa, expresa que los procesó con prisión “atento a la magnitud de la maniobra”.
Al fundamentar su decisión, la doctora Canessa expresó que, con fecha 9.10.98, se concedió a Berch Rupenian una emisora de radio de frecuencia modulada en el departamento de Maldonado, que trasmite en la frecuencia 94.3, denominada Concierto Punta FM. Dicha emisora goza de una amplia exoneración tributaria por tratarse de una emisora del interior. Se constató que, aprovechando esa circunstancia, Berch Rupenian factura la publicidad generada también en Montevideo, en beneficio de Parasel S.A. Como consecuencia, la DGI (institución denunciante) advirtió que las ventas de Parasel desde el año 1999 bajaron más del 55%, en tanto que el nivel de pago del IRIC en el trienio 99-01 bajó en un 90%.
Además se comprobó que la totalidad de la publicidad facturada por la emisora 94.3 corresponde a publicidad generada en Montevideo y no en Punta del Este.
En el domicilio fiscal de la empresa Parasel funcionaban las emisoras Concierto FM 94.7, Concierto Punta FM 94.3 y radio Independencia.
A través de la empresa de Berch Rupenian se facturan todos los servicios de publicidad exentos de todo impuesto, por tratarse de una emisora del interior y sus facturas tienen impresa la constancia “al dÃa con el IVA”, pese a que deberÃan lucir “contribuyente exonerado”.
La magnitud de la deuda de la contribuyente Parasel por concepto de IVA e IRIC, más las multas y recargos moratorios fueron estimados por la DGI al 31/07/04 en la cifra de $ 170.431.000, resultando de la documentación aportada y declaraciones obrantes, suficientes elementos de convicción de que existe una unidad económica entre ambas radioemisoras, asà como un engaño y un provecho indebido, mediante un falso desdoblamiento de la empresa Parasel-Berch Rupenian, en perjuicio del Fisco, por lo cual la conducta de Berch y Aram Rupenian ingresa, prima facie, en el delito tifipificado por el art. 110 del Código Tributario (defraudación tributaria: el que, directamente o por interpuesta persona, procediera con engaño con el fin de obtener, para sà o para un tercero, un provecho indebido a expensas de los derechos del Estado a la percepción de sus tributos, será castigado con seis meses de prisión a seis años de penitenciarÃa. Este delito se perseguirá a denuncia de la Administración Tributaria, mediando resolución fundada). *
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