Cayó investigación sobre María Claudia
La resolución tribunalicia, pasible de ser casada ante la Suprema Corte de Justicia, dejará sin efecto la investigación de la «desaparición forzada» en Argentina, el traslado a Uruguay y la «ejecución sumaria» de María Claudia, así como la «sustracción y retención» de su bebita.
«El Tribunal debe consignar la estupefacción que le ha producido el curso del razonamiento seguido por el señor juez a quo, y que ha determinado que estas actuaciones transitaran un inexplicable periplo procesal», hicieron constar los ministros en su resolución.
Möller había sostenido que la Ley de Impunidad «es de amnistía. Su aplicación al caso que nos ocupa extinguió el o los delitos sobre los que ella refiere. Si los delitos están extinguidos, no corresponde investigar responsabilidades y sí mantener la clausura» de todas las actuaciones.
Por el contrario, Mirabal dijo que la Ley de Impunidad, «no consagró una amnistía para los reatos que relaciona, sino que instauró un procedimiento sui generis que confirió al Poder Ejecutivo la potestad de autorizar o no –caso a caso– la iniciación del proceso judicial».
La doctora Bernadette Minvielle Sánchez, integrada por sorteo al TAP 2º para el caso Gelman, y los dos ministros titulares, doctores William Corujo Guardia y Alfredo Gómez Tedeschi, recordaron que el artículo 34 del Código del Proceso Penal acota su potestad a las «resoluciones».
«Esto es, hablando con ninguna ortodoxia jurídica, no existe segunda instancia de los dictámenes fiscales, el Tribunal no puede obligar al señor fiscal a hacer lo que éste no quiere hacer», resumió el tribunal, tras destacar que la titularidad de toda acción penal es de la Fiscalía.
«La postura del señor juez a quo, entonces, ignora la realidad o pretende soslayarla», acusó el tribunal. «En suma», agregó, «volvemos a la reflexión expuesta al principio: ineluctablemente, la decisión es una, y ella, en su momento, debió asumirse por el señor juez».
El tribunal se refería a la decisión del fiscal Möller que, ya por segunda vez, había solicitado clausurar actuaciones en torno al secuestro y asesinato de la nuera del poeta argentino Juan Gelman, por considerar que el caso está amparado en la Ley de Impunidad.
La doctora Minvielle argumentó que «las potestades de investigación y hasta de prejuzgamiento que se otorgan al juez» en el presumario «lo son a los solos efectos de posibilitar» al fiscal «el ejercicio de la acción». «No existe indagatoria penal que se justifique por sí misma».
«Carece de sentido o de razón» seguir la indagación del juez Mirabal cuando el fiscal Möller ya manifestó «clara e indubitablemente» que «no habrá de ejercitar la acción penal» contra los presuntos autores del delito denunciado por José Luis González, el abogado de Gelman.
El gobierno de Jorge Batlle había sostenido la misma postura que el fiscal Möller y el caso fue archivado. El expediente se reabrió a partir de investigaciones de LA REPUBLICA que revelaron el centro secreto de detención donde habría estado María Claudia García de Gelman.
Por el contrario, el Poder Ejecutivo que preside el doctor Tabaré Vázquez entiende que el caso está excluido de la llamada Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado porque la joven de 19 años carecía de militancia, y sólo fue secuestrada con el fin de sustraerle a su hija por parte de sus captores. *
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