Consorcio Ruta 1 multiplica acciones para evitar rescisión
Ayer se celebró la audiencia en el juicio de amparo que el Consorcio Ruta 1 presentó contra las acciones preparatorias de la rescisión de la concesión, iniciadas por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
La empresa, que cobra peajes sobre el Santa Lucía, debió haber terminado en el año 2000 el puente sobre ese río y un tramo de doble ruta hasta Ecilda Paullier. Desde esa fecha, el Estado constata atrasos y mala calidad en las obras, que no han concluido.
Cuando el 7 de marzo el ministro Víctor Rossi comunicó la intención de rescindir el contrato, la empresa abrió una batería de acciones judiciales, administrativas y políticas.
Por un lado, emitió comunicados de prensa amenazando con demandas millonarias. Por otro, presentó descargas en el expediente. Por un tercero, propuso a Rossi una propuesta de conciliación.
Por un cuarto, activaron un juicio de arbitraje iniciado en 2003, en el que reclaman por qué no se cumplieron sus expectativas de recaudación. En los últimos días, el Juzgado de lo Contencioso Nº 1 declinó competencias sobre ese expediente, que pasará a la Justicia Civil.
La quinta línea de acción es este amparo, alegando que no se les ha respetado su derecho de defensa y debido proceso.
El amparo, que lo mantiene en el cobro de los peajes, le es necesario, porque el Ejecutivo podría seguir adelante con la rescisión –mientras sigue el juicio conciliatorio– alegando urgencia de un servicio público.
El principal argumento de la empresa es que no ha recibido todos los informes técnicos del MTOP que obran en poder del ministro. Sobre el tema de fondo, alega que la ecuación económico financiera –léase monto de los peajes– no fue la esperada.
Ayer se leyó la respuesta de los abogados del MTOP que, básicamente, explican que darle vista a la empresa –que es el acto recurrido– no tiene efecto jurídico negativo (ni positivo) y por lo tanto no es recurrible porque basta con contestar en plazo, lo que la empresa hizo. En todo caso, la decisión final del Ejecutivo, que es recurrible, aún no ha sido tomada. En cuanto a los informes, entiende que son simples asesoramientos, aunque varios fueron comunicados al consorcio.
Subsidiariamente, el extenso alegato del MTOP, que era acompañado por unos 20 centímetros de expedientes a modo de prueba, recordó que las bases del llamado a licitación, del contrato y de acuerdos que se hicieron en 2000 y 2001 para sanear los atrasos de la empresa, establecieron expresamente que la ecuación económico financiera era a riesgo de la concesionaria y que el arbitraje quedó limitado a aspectos técnicos de la obra. La jueza María Rossi, titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de 1º Turno, dará entrada a pruebas adicionales el próximo miércoles y, salvo que éstas sean impugnadas, dictará sentencia en un plazo de 3 días hábiles más. *
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