CAMPAÑA ELECTORAL

Colorados presentan denuncia formal contra Novick y Sartori por hacer publicidad anticipada

Una agrupación colorada presentará una denuncia contra ambos candidatos por la “violación flagrante a las normas de la publicidad electoral”, al hacer publicidad antes del periodo legal.

Foto: Edgardo Novick
Foto: Edgardo Novick

La agrupación «Compromiso desde el Vamos», de la lista Lista 200010 Batllistas del Partido Colorado, presentará una denuncia formal en la Corte Electoral contra el precandidato nacionalista Juan Sartori, y el del Partido de la Gente, Edgardo Nocivk, por lo que consideran una “violación flagrante a las normas de la publicidad electoral”.

“Se ha observado en los últimos días con profunda preocupación como ambos candidatos, fuera del plazo mínimo anterior al acto eleccionario que marcan las normas, han pautado publicidad electoral en diarios de circulación nacional, así como en radio y en televisión mediante piezas elaboradas especializadamente, todas ellas con criterios profesionales y comerciales en clara ilegalidad”, reza un comunicado de prensa difundido por la agrupación.

Según ellos, Novick y Sartori no se están apegando a la ley 17.818 que establece que no se puede hacer publicidad antes de los 30 días previos a las elecciones internas de los partidos, a 30 días de las nacionales, 15 días de la segunda vuelta y 30 días de las departamentales. Los colorados esperan que la Corte tome «medidas pertinentes» para cesar la publicidad de estos dos políticos.

Ley Nº 17.818

PLAZOS PARA LA PUBLICIDAD ELECTORAL EN LOS MEDIOS DE INFORMACIÓN MASIVA

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:

Artículo Único.- Modifícase el artículo 1º de la Ley Nº 17.045, de 14 de diciembre de 1998, por el siguiente:

«ARTÍCULO 1º.- Los partidos políticos podrán iniciar su publicidad electoral en los medios de radiodifusión, televisión abierta, televisión para abonados y prensa escrita, sólo a partir de:

1) Treinta días para las elecciones internas.

2) Treinta días para las elecciones nacionales.

3) Quince días en caso de realizarse una segunda vuelta.

4) Treinta días para las elecciones departamentales.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 18 de agosto de 2004.

 

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