Registros "secretos" y permisos "privados"

La Ley de Pesca (Nº 13.833) fue aprobada el 29 de diciembre de 1969 por el presidente Jorge Pacheco Areco, con las firmas de un gabinete ministerial que incluía a dos futuros primeros mandatarios: Juan María Bordaberry en la secretaría de Ganadería y Julio María Sanguinetti en la de Cultura.

Redactada por un equipo de legisladores encabezado por el colorado Eduardo Paz Aguirre (en cuyo asesoramiento participó el actual director de DINARA, capitán de navío (r) Yamandú Flangini), aquella ley creaba una serie de registros que la entonces SOYP debía controlar:

El artículo 23 de la Ley de Pesca estableció un registro especial para los permisos a navíos extranjeros, impuso una matricula para los barcos nacionales, entregaba al Poder Ejecutivo la facultad de otorgar las autorizaciones de pesca, e imponía que la pesca se industrializara en el país.

Sólo por la vía de excepción el SOYP podría otorgar permisos provisorios que, luego, por el Decreto 532/990 se fijaron en un plazo de 60 días, y unos años después, a través del Decreto 149/997 se terminaron de realizar ajustes para constituir una reglamentación que es hoy, en realidad, la que regula la pesca.

Sin embargo, los registros públicos que debían incluir toda la información sobre los proyectos autorizados por el organismos de contralor de la pesca, incluyendo nombres de empresas, sus sociedades, etc, se transformaron en registro secretos y las autorizaciones del Estado, en permisos privados. *

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