Senado aprobó modificaciones a la Ley de financiamiento de partidos políticos
La Cámara de Senadores aprobó, con los votos del Frente Amplio, el proyecto por el que se establecen modificaciones a la Ley de financiamiento de los partidos políticos. A través de la iniciativa se limita la posibilidad de que las empresas privadas aporten a las campañas electorales y se habilita a la Corte Electoral a supervisar las rendiciones de cuentas de las colectividades políticas.
Luego de la votación en particular del proyecto por el que se modifica la Ley de financiamiento de los partidos políticos, este martes 7 de noviembre el Senado terminó la votación en general de la iniciativa.
De este modo, la propuesta resultó aprobada con los votos del Frente Amplio y fue remitida a la Cámara de Diputados.
A través de la iniciativa se limita la posibilidad de que las empresas privadas aporten a las campañas electorales de los partidos políticos.
Se prevén que las donaciones de campaña por parte del sector privado sólo podrán realizarse a través de personas físicas y no por parte de empresas. Además fija topes en los montos de dinero a recibir por parte de los partidos.
Los partidos políticos o sus sectores internos o listas de candidatos no podrán aceptar directa o indirectamente, contribuciones, aportes o donaciones de cualquier tipo cuando provengan de: “personas anónimas, organizaciones delictivas o asociaciones ilícitas, personas jurídicas, de consorcios o de cualquier otra entidad, asociación u organización, aun cuando carezca de personería jurídica, sea que tenga objeto civil, comercial, profesional, político, religioso, gremial, sindical u otro de cualquier tipo, tenga o no fin de lucro, sean nacionales o extranjeras”.
Tampoco podrán aceptar contribuciones de: “Estados, gobiernos y gobernantes extranjeros, personas en situación de subordinación administrativa o relación de dependencia, cuando éstas se realicen por imposición o abuso de la superioridad jerárquica, personas públicas no estatales y personas jurídicas de derecho privado cuyo capital social esté constituido en su totalidad o parcialmente por participaciones, cuotas sociales o acciones nominativas propiedad del Estado, o de personas públicas no estatales, y personas físicas que presten servicios de comunicación audiovisual”.
Supervisar rendiciones de cuentas
Por otro lado, se habilita a la Corte Electoral para supervisar las rendiciones de cuentas de las distintas colectividades políticas.
Los partidos políticos deberán presentar sus estados contables, al 1° de marzo de cada año ante el Tribunal de Cuentas.
Una vez visados y dentro de los 30 días siguientes, los partidos políticos deberán presentar los estados contables ante la Corte Electoral, la cual podrá realizar auditorías a partir de lo que surja de dicha documentación.
También se dispone que el 50% del espacio gratuito para publicidad electoral en canales de televisión se distribuirá de forma proporcional a los votos obtenidos en la elección anterior.
El 45% se repartirá de forma equitativa entre los partidos políticos que hayan participado en las elecciones anteriores, y el 5% restante para partidos nuevos.
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