Señalan "falta de voluntad política" en la frustrada extradición de Gil Ribeiro
La decisión unánime e inapelable del Supremo Tribunal Federal de Justicia (STF) de Brasil por la que no se concedió la extradición del aduanero uruguayo Adolfo Gil Ribeiro, evidenció la «falta de voluntad política» del Estado uruguayo en concretar la repatriación del prófugo, afirman juristas brasileños.
La resolución del STF del pasado 18 de diciembre fue fundamentada por el ministro de Justicia, Sepúlveda Pertence, quien fue enfático al indicar que Uruguay no «cumplió las exigencias básicas del tratado» y no hubo indicación precisa de los crímenes atribuidos, ni el lugar, ni la fecha en que ocurrieron.
El ministro Sepúlveda no dejó de subrayar que la extradición tramitada a través de la Embajada uruguaya llegó escrita en español y que, ante la solicitud del STF, Uruguay demoró dos meses en enviar la correspondiente traducción en portugués. Entre otras desprolijidades, tampoco se acompañó la requisitoria con un ejemplar del Código Penal uruguayo para comparar la legislación.
El aduanero Adolfo Gil Ribeiro usufructuaba –por recomendación del entonces presidente del Banco Hipotecario del Uruguay (BHU), Ariel Lausarot–, un pase en comisión en el despacho del diputado colorado Alejo Fernández Chaves (Foro Batllista), cuando huyó a Brasil, requerido por la Justicia que lo acusó de ser uno de los jefes de una organización de contrabandistas en Rivera.
El pronunciamiento del STF fue aceptado por el ministro del Interior uruguayo, el también forista Guillermo Stirling, para quien «no se puede hacer más», ya que la Justicia brasileña había actuado en función de normas legales que regulan la extradición, por lo cual el caso había quedado en «fojas cero».
Pedido «ininteligible» e «impreciso»
El acto público en el que el STF dio a conocer su resolución, fue trasmitido por televisión para todo Brasil a través de un programa de canal cable (cuya grabación está en poder de LA REPUBLICA), en el que se leyó la solicitud de extradición uruguaya, la serie de pedidos complementarios realizados por Brasil, el alegato fiscal, el de la defensa y la resolución de los magistrados.
Sepúlveda Pertence analizó en su relatorio cada una de las acusaciones uruguayas y los errores cometidos, para llegar a calificar de «ininteligible» el delito de «falsificación de documento particular» incluido entre los crímenes, por los que Uruguay reclamaba la extradición Nº 873 de Gil Ribeiro.
Sobre el delito de asociación criminal, que en la legislación brasilera equivale al de «quadrilha», el magistrado del STF comentó que la única referencia a la supuesta organización se incluía en una frase donde se deducía que «la maniobra no pudo efectuarse sin una perfecta organización, con divisiones de tareas claramente atribuidas y compartimentadas, por razones de seguridad, con actores necesarios: despachante de aduana, transportador y funcionarios aduaneros, o al menos, los verificadores».
La única participación atribuida «con un mínimo de precisión exigible» refiere a que él habría pagado alguna «propina» a funcionarios de la aduana de Rivera. «Em tres oportunidades o governo uruguaio nao documentou e informou com claresa os fatos criminioso atribuidos ao extraditando Adolfo Gil Ribeiro», puntualizó Sepúlveda Pertence.
El último pedido de información complementaria del Supremo Tribunal Federal fue realizado el 6 de noviembre y otorgaba un período de 20 días para ser contestado, pero la respuesta de Uruguay llegó el 27 de noviembre, un día después del plazo estipulado por la legislación.
Krischke: «Omisiones insólitas»
El presidente del Movimiento Justicia y Dereitos Humanos (MJDH) de Porto Alegre, doctor Jair Kirschke, observador del proceso judicial, consideró insólito el caso Gil Ribeiro, ya que el Supremo Tribunal Federal solicitó varias veces informaciones complementarias a Uruguay, sin que éstas fueras satisfechas.
Para Jair Krischke la requisitoria uruguaya se convirtió en «inviable» porque ninguna de las acusaciones respondían a las exigencias básicas de la Ley Federal brasileña Nº 6.815/80 por el que se promulgó el tratado de extradición de 1918 entre ambos países.
Entre la serie de deficiencias de pedido de extradición se incluye el hecho de que la solicitud del gobierno uruguayo confundía los años 1995 y 1998 para señalar las fechas de los delitos por los que se acusaba a Gil Ribeiro y el detalle podía implicar que el delito hubiese prescripto o no.
«No hubo indicación precisa de los crímenes, ni el lugar ni la fecha en que ocurrieron», explicó Krischke a LA REPUBLICA. «El Supremo Tribunal Federal pidió al gobierno uruguayo todos los datos, pero nunca los recibió según lo que estipula el tratado», agregó.
Para Krischke el Estado uruguayo debería responder respecto a si existieron o no «intereses» para que la extradición de Gil Ribeiro no se concretara. «Es Uruguay quien no contestó los pedidos del STF y llevó a los magistrados a pronunciarse por unanimidad, algo que casi nunca ocurre», explicó.
Kirschke destacó que la defensa de Gil Ribeiro dejó muchos elementos de sospecha sobre el trasfondo uruguayo del caso, ya que nunca se respondieron sus reclamos por el cambio de juez en Uruguay y demostró que el requerido no estaba prófugo ya que tenía visa legal y domicilio constituido en Florianópolis.
La «demorada» captura de Gil
La captura de Adolfo Gil Ribeiro se logró el abril último a través de un comando especial de operaciones de la Policía Federal de San Pablo, que debió intervenir en Florianópolis, Estado de Santa Catarina, luego que la policía local se mostrara sospechosamente ineficaz para encontrarlo en su domicilio.
Según declaraciones del diputado nacionalista Julio Lara, el aduanero llegó a ofrecer 300 mil dólares al comisario paulista que lo detuvo. El legislador afirmó a la prensa que en realidad Gil había sido detenido meses antes, pero se había mantenido libre entregando otros 600 mil dólares a la policía catarinense.
A fines de febrero de 2003, el diputado Lara ya había señalado a LA REPUBLICA sus dudas sobre la voluntad de investigar las denuncias que implicaban a Gil Ribeiro y a otro prófugo, el empresario Ivo Da Rosa, quien detenido luego en Brasil, tampoco fue extraditado por ser ciudadano brasileño.
Lara expresó sus sospechas sobre el interés en indagar el tema contrabando por parte de las autoridades uruguayas luego que el juez Adolfo Miguel Basil, a cargo de la causa en Rivera, sufrió un atentado, pero el comisario que investigaba el hecho terminó siendo sancionado y separado de su cargo.
El caso Gil Ribeiro se había iniciado en 1996 cuando se denunciaron maniobras de contrabando en la Zona Franca de Rivera. El proceso quedó paralizado por años, hasta que en 2001 se retomó la indagación y en ocho meses el juez Alberto Miguel Basil procesó a 35 personas, entre los que se incluían funcionarios de la Policía, de la Aduana y empresarios.
Uno de los empresarios requeridos era Ivo Da Rosa, quien pese a tener una orden de captura internacional ante Interpol fue fotografiado en el casamiento de su hija realizado en la ciudad de Casinos, a 400 kilómetros de Rivera. En las fotos Da Rosa aparecía acompañado de funcionarios policiales brasileños. *
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