Los tres antecedentes: el del "vintén" (1951), la Ley de Caducidad (1989) y Ley de Empresas Públicas (1992)

El cuarto referéndum de la historia

Cabe recordar, que a fines del año pasado, bien pudo llevarse a cabo el referéndum por Antel. Hubo recolección de firmas, las que fueron llevadas a la Corte Electoral y de acuerdo con sus impulsores, las rúbricas alcanzaban para activar el recurso, pero la Corte no llegó a pronunciarse porque la ley fue derogada por el Parlamento.

La norma en cuestión eliminaba el monopolio de Antel en llamadas internacionales y en el caso de Ancel se le daba participación al sector privado.

Hubo algunos intentos que no llegaron a consolidarse para habilitar un referéndum, como fueron los casos: en una ocasión contra la privatización de las empresas públicas (que después fuera derogada), en dos ocasiones sobre la Ley de Inversiones, dos veces también para el Marco Regulatorio del Sistema Energético y uno sobre la Ley de Urgencia.

Eduardo Vaz Ferreira dijo en marzo de 1987, previo al referéndum de la Ley de Caducidad, que «el referéndum es una importantísima institución de democracia directa, que subsana el gran defecto de la democracia representativa: el que deriva de que el pueblo sólo puede expresar su voluntad cada cinco años, y luego hasta la próxima elección, se legisle por la exclusiva voluntad de los integrantes de las Cámaras, quienes no siempre cumplen sus promesas electorales.»

En relación al llamado a referéndum para derogar la Ley de Impunidad, Vaz Ferreira precisó que «este referéndum es en nuestro país el primero (a nivel nacional), pero tengo la esperanza de que en el futuro llegue a ser un medio utilizado para conocer la voluntad nacional sobre los más importantes problemas de legislación.»

«El referéndum del vintén»

El politólogo Oscar Bottinelli dijo a LA REPUBLICA que antes de la dictadura, la población utilizó esta herramienta a nivel departamental en julio de 1951, cuando los montevideanos debieron decidir sobre si aceptaban o rechazaban el aumento en el precio del boleto, establecido en esa época, en un vintén.

La población logró rechazar el ajuste propuesto por las autoridades.

Una vez restaurada la institucionalidad democrática, se puso en práctica por primera vez el primer recurso de referéndum a nivel nacional.

Se trató de derogar la Ley de Caducidad, que dejaba impune a los militares acusados de violación de los derechos humanos. Fue el 22 de diciembre de 1986, cuando el Poder Legislativo aprobó con el voto conforme de todos los legisladores colorados (a excepción del diputado Víctor Vaillant) y de la mayoría de los diputados nacionalistas, la denominada «Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado».

El 12 de enero de 1987 se presentó ante la Corte Electoral un documento dando cuenta a dicho organismo de la intención de un grupo de ciudadanos de impulsar la recolección de firmas necesarios para interponer el recurso.

El 16 de abril de 1989, el 41,3% de los uruguayos votó para derogar la ley con 799.100 sufragios, pero no alcanzó. El voto amarillo, que pretendía mantener la norma, triunfó con 56% de los sufragios emitidos.

El segundo referéndum se llevó a cabo en 1992 (ver cuadro).

Se interpusieron dos recursos de referéndum contra la Ley Nº 16.211 (de empresas públicas) del 1º de octubre de 1991. Un recurso recurría algunos artículos de la ley y otro la totalidad de la referida norma. Se realizaron las dos convocatorias de adhesión y el referéndum el 13 de diciembre.

La primera convocatoria de adhesión se realizó el 5 de julio, y en virtud de que los recurrentes no alcanzaron en ninguno de los casos el porcentaje del 25%, previsto en el inciso 2º del artículo 79 de la Constitución, se llamó a una segunda convocatoria, en la cual sí se obtuvieron los votos suficientes para habilitar el referéndum.

En diciembre ganó con amplia luz el recurso interpuesto para «salvar» las empresas públicas con 1.293.016 votos, opción Sí, mientras que el No sólo recibió 489.302 sufragios.

La citada Ley de Empresas Públicas fue parcialmente derogada con el plebiscito de noviembre de 1992. El Poder Ejecutivo procedió a implementar los artículos que no fueron derogados, liquidando ILPE (pesca) e iniciándose la privatización (con participación estatal) de Pluna (aeronavegación).

Por otra parte, la Ley de Puertos quedó plenamente vigente y se inició un proceso de reforma cuyo objetivo fue la participación de empresas privadas en la operatoria portuaria. *

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