Gas natural

Gobierno aprueba reglamento para seguridad de instalaciones fijas de gas natural

El Poder Ejecutivo, a través de la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (URSEA), aprobó el reglamento para las instalaciones fijas de gas natural, en el cual se establecen certificaciones y revisiones periódicas tanto en la industria como en los domicilios.

El Poder Ejecutivo aprobó el reglamento para las instalaciones fijas de gas natural.

El objetivo de la nueva reglamentación es establecer los “requisitos de seguridad y procedimientos para el proyecto, ejecución, habilitación y mantenimiento de instalaciones fijas de gases combustibles en los ámbitos residencial, comercial o industrial”.

Se trata de normas que fueron definidas en forma “independiente a que el combustible sea suministrado desde un sistema de transporte, una red de distribución o por sistemas aislados, incluyendo recipientes portátiles y tanques estacionarios”.

De todos modos, en la iniciativa del gobierno se aclara que los requisitos  “no se aplican a instalaciones alimentadas por un único recipiente portátil de gas licuado del petróleo (GLP) de contenido inferior a 15 kilogramos, conectado por flexible o acoplado directamente a un solo aparato de utilización móvil”.

Se excluyen las instalaciones para este combustible comprimido vehicular (GNCV), gas natural licuado (GNL), biogás, gas manufacturado y gas generado en digestor o en gasógeno.

Las disposiciones afectan a “instalaciones nuevas y a todas las que deben ser modificadas, ampliadas o reparadas, sin ser retroactivo a instalaciones existentes que estuviesen aprobadas de acuerdo con los requisitos vigentes al momento de la instalación”.

Seguridad y plan regasificadora

El presidente de la URSEA, Daniel Greif, dijo que la reglamentación aportará seguridad y es lo que ha demostrado la experiencia internacional para el manejo de un combustible que se trata de incentivar a partir de la política energética con la incorporación de la futura planta regasificadora, y el incremento del uso de ese energético en todo el país”

En los primeros 18 meses de aplicación no se exigirá en las instalaciones ya existentes y se instrumentará el proceso de certificación de las condiciones de seguridad.

Remarcó que la reglamentación regirá para “los operadores del sector, abarcando las empresas distribuidoras de gas natural, los técnicos y las firmas que deberán hacer las inspecciones”. 

Te recomendamos

Publicá tu comentario

Compartí tu opinión con toda la comunidad

chat_bubble
Si no puedes comentar, envianos un mensaje