Los beneficios para Uragua: "Inadmisibles"
* –Es inadmisible que OSE mantenga su posición de reducir las exigencias contractuales con la empresa Uragua.
-¿Por qué lo dice?
-Es que el Tribunal de Cuentas observó la modificación contractual, permitiendo nuevos plazos y formas para el pago del canon de esta empresa que presta servicios de provisión de agua potable en Maldonado.
-Lo del Tribunal de Cuentas se sabía. Claro, estiman, que no puede cambiarse lo establecido por el contrato, ya que ello está vinculado con las bases del llamado a licitación. Además en un acuerdo de tantos años de vigencia, es obvio que pueden existir circunstancias cambiantes en el país.
Y esas circunstancias no pueden hacer que se modifiquen las obligaciones en cada caso.
-Eso es elemental. Pero, ¿sabe lo último que pasó?
-Si usted no me lo dice…
-Que la división jurídica de la propia OSE coincide con el Tribunal de Cuentas en que no se pueden modificar las cláusulas del contrato.
-¿Y?
-Qué hay que desensillar hasta que aclare.
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