Abogada cuestionó el fallo de la Suprema Corte de Justicia y advirtió que se castiga a una "ideología"

Justicia define si procesa al egipcio por lesiones graves: se aplazaría extradición

El herido sufrió lesiones graves, delito cuya pena mínima es de 20 meses de prisión. Para la Policía la acción de Mohkles estuvo claramente orientada a postergar su extradición.

El lunes, tras cuatro años de detención y varios procesos judiciales, la SCJ concedió la extradición a Egipto de Al Said Mohamed Ali Hassan Mokhles, donde está acusado de participar en un atentado en 1997 en la ciudad de Luxor que causó 58 muertos y de pertenecer a un grupo ilegal.

La decisión de la SCJ recibió los elogios de los Estados Unidos. «Toda cooperación entre dos países que nos acerque a nuestra meta de eliminar al terrorismo y a sus practicantes es un paso positivo y bienvenido», dijo ayer el portavoz del Departamento de Estado de los EEUU para América Latina (véase recuadro).

Los ministros de la Corporación Judicial pusieron como condición para extraditar a Mohkles que en Egipto se respete el debido proceso, que no se lo juzgue por las falsificación de documentos por las que ya fue condenado en Uruguay, a que sea juzgado por los delitos que figuran en el pedido de extradición y que no se le aplique las penas de muerte o de prisión perpetua.

Si bien la sentencia es definitiva, Cecilia Schroeder, abogada del ciudadano egipcio, presentará un recurso de aclaración y ampliación, para que la Suprema Corte de Justicia explique qué delito de nuestra legislación cometió su cliente para ser extraditado y si el Estado uruguayo acepta la pena de trabajos forzados a perpetuidad que informó es la que le espera en Egipto.

El juez penal Luis Charles y la fiscal penal María del Huerto Martínez tienen a su cargo el expediente abierto por una puñalada que con un cuchillo de fabricación casera Mohkles le hizo ayer al recluso Javier Gómez Nadal. El incidente fue sobre las 13.00 horas en el 5º piso de Cárcel Central, luego que se le informara a Mohkles del fallo favorable a su extradición y que rechazara ser notificado oficialmente del mismo. Si bien los magistrados no iniciaron la instrucción del caso, cuentan con el certificado médico del herido que señala sufrió lesiones graves, delito cuya pena mínima es de 20 meses de prisión. En esta jornada se tomarán declaraciones y según fuentes judiciales consultadas por LA REPUBLICA hoy mismo quedará resuelto si se procesa o no a Mohkles. Para la Policía la acción de Mohkles fue claramente tendiente a postergar su extradición, según afirmaron fuentes interrogadas.

«No se puede penalizar una forma de pensar»

Schroeder dijo que en su recurso interrogará a la SCJ sobre «qué delito hay en Uruguay que penaliza una forma de pensar, una ideología. En concreto qué delito cometió esta persona, porque la sentencia habla de la asociación a un grupo ilegal que no aclara por qué es ilegal, que habría cometido delitos. El que cometió delitos fue el grupo y no el individuo, a quien se lo extradita por asociarse a ese grupo sin decirse de qué forma se asoció, eso no se sabe. Porque no se puede penalizar una forma de pensar».

«Porque incluso una asociación para delinquir significa una asociación para cometer determinados delitos, o sea la asociación a un grupo que en algún momento cometió delitos no es delito. Sería lo mismo que una persona que se afilie al MLN o a otro grupo político con un pasado subversivo sea procesada porque ese grupo cometió delitos décadas atrás, o que sucediera lo mismo con una de las abuelas de Plaza de Mayo que manifestó su alegría por el atentado de las Torres Gemelas y eso no quiere decir que haya participado del atentado, hay una gran diferencia entre una cosa y otra. Porque si bien uno puede moralmente reprobar o no eso, pero es una forma de pensar y no un delito. Independientemente de que no hay absolutamente ninguna prueba de la pertenencia de Mohkles a un grupo terrorista», expresó Schroeder.

«Además, la Corte condiciona la extradición a la no aplicación de la pena perpetua y en realidad lo que la legislación egipcia prevé no es la pena perpetua, sino trabajos forzados a perpetuidad, que es muy diferente. Me van a tener que aclarar en la Corte si desde hoy el Estado uruguayo está de acuerdo con que se le imponga a una persona una pena de trabajos forzados, con qué base legal pueden llegar a admitir eso. La pena está escrita, no es una pena de reclusión, son trabajos forzados a perpetuidad, o sea que estamos admitiendo la esclavitud, la tortura», añadió Schroeder.

Schroeder afirmó que la Justicia se tiene que guiar por elementos objetivos, que Mohkles haya falsificado un pasaporte para poder ingresar al país y manejarse libremente puede tener muchas finalidades y que obviamente lo hizo porque no pudo obtener uno legal por alguna causa. «¿Pero entonces todos los uruguayos que falsificaron o robaron pasaportes para irse a Europa o Estados Unidos porque no podían sacarlo son terroristas por eso? Como son uruguayos es inconcebible, ahora si es árabe eso cambia. Entonces entramos a otro terreno, de qué estamos juzgando acá, si estamos juzgando la pertenencia a una raza, el hecho que sea árabe o que sea uruguayo y entonces lo que haga uno u otro tiene distinto significado, no podemos».

La abogada destacó que se actuó «en sentido exactamente contrario» a otros procesos de extradición cursados por España y Perú, en que se desestimaron como delitos las afinidades ideológicas de los acusados con asociaciones que cometieron delitos. También recordó que viajó a Egipto para obtener el expediente de su cliente en ese país y solo pudo obtener una copia no autentificada. En dicho expediente no se menciona que Mohkles haya cometido algún delito ni que haya participado de un atentado terrorista en Luxor, como tampoco que estuviera vinculado a Bin Laden. Schroeder tiene tiempo hasta el jueves para presentar el recurso de ampliación y aclaración de la sentencia, la que igualmente es definitiva.

Su periplo en Uruguay

Al Said Mohamed Ali Hassan Mohkles fue detenido con documentos falsos el 26 de enero de 1999 en Chuy, presumiblemente proveniente de la Triple Frontera entre Argentina, Brasil y Paraguay. Para el gobierno de Egipto es sospechoso de participar en un atentado en Luxor en 1997, que dejó un saldo de 58 muertos. En primera instancia el juez penal Pedro Hackenbruch denegó la extradición de Mohkles, sentencia que fue rebocado por el Tribunal de Apelaciones de 2º Turno que falló otorgando la extradición y que fue ratificado por la SCJ. El gobierno norteamericano manifestó en varias oportunidades su preocupación por la situación del ciudadano egipcio. Según fuentes oficiales, hubo contactos entre Cancillería y el Departamento de Estado estadounidense sobre el tema. Además, la secretaria de Estado para asuntos globales, Paula Dobriansky analizó el tema con autoridades uruguayas cuando el año pasado visitó el país.

La semana pasada, en un informe sobre terrorismo elaborado por EEUU se hizo expresa referencia a la situación del egipcio. Allí se destacó la colaboración del gobierno uruguayo para impulsar la extradición. *

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