DERECHOS HUMANOS

Rechazan que ministros de la Suprema Corte hayan “prejuzgado” en causas por delitos de la dictadura

La afirmación del presidente de la Suprema Corte de Justicia, sobre qué jueces y fiscales que activan causas por delitos contra los Derechos Humanos cometidos durante la dictadura, encontrarán “una muralla” en la Corte, no significa un “prejuzgamiento” según decidió un tribunal especial integrado para establecer, además, si cuatro de los cinco ministros que apoyaron esa postura habían prejuzgado.

Suprema Corte de Justicia / crysol.blogspot.com

A tres meses que los fiscales Ana María Tellechea, María de los Ángeles Camiño, Gilberto Rodríguez, Carlos Negro y Ariel Cancela, entendieran que los ministros Jorge Larrieux, Jorge Chediak y Julio César Chalar habían “prejuzgado” al apoyar las declaraciones del presidente de la Suprema Corte, Jorge Ruibal Pino, el tribunal especial que se conformó para analizar el tema entendió que Ruibal Pino no incurrió en nada que amerite la recusación.

Para el tribunal al ciudadano las cosas le “impactan” diferente

Tras que la Suprema Corte de Justicia declarara inconstitucional la ley que modificó la prescripción de los crímenes cometidos en dictadura, algunos fiscales siguieron adelante con las causas: fue entonces que Ruibal Pino, consultado por la prensa, dijo que habría “una muralla” en la Corte contra la idea de continuar esas demandas.

Ello generó un enfrentamiento entre fiscales y cuatro ministros de la Suprema Corte que apoyaron a Ruibal, lo que ahora se dilucida a favor de estos últimos.

“No hay una mención concreta por la que se le impute al recusado (Ruibal) haber opinado sobre los procesos de inconstitucionalidad en curso “, señala la resolución firmada por los magistrados Rita Patrón, Raquel Landeira y José Balcaldi, integrantes de tribunales de apelaciones.

En cuanto a la decisión de los demás ministros que apoyaron a Ruibal, se entiende como “claro que las declaraciones fueron formuladas exclusivamente por el doctor Ruibal Pino, no habiendo realizado manifestación alguna los restantes ministros por lo que no puede atribuírseles haber adelantado opinión concreta sobre un caso que esté para su resolución”, dice el fallo parte del cual publica el diario El País.

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