URBA

Locales que vendan alcohol sin permiso serán pasibles de clausuras y fuertes multas

El gobierno prohibirá la venta de bebidas alcohólicas entre las 22 y las 8 horas, salvo en los lugares que cuenten con habilitación especial, también estarán prohibidas fiestas tales como: “canilla libre” y “happy hours”.

Venta de bebidas alcoholicas

Este jueves ingresó a la Comisión Especial de drogas y adicciones de Diputados, el proyecto del Ejecutivo por el que se regula el consumo, distribución y expendio de bebidas alcohólicas en todo el territorio nacional.

El objeto de la iniciativa es “modificar una cultura de consumo, sin afectar las ventajas y beneficios de la actividad económica que la sustenta”.

El proyecto de ley, que busca minimizar los riesgos y reducir los daños en el uso problemático de estas bebidas, crea una Unidad Reguladora de Bebidas Alcohólicas (URBA) como órgano desconcentrado, con autonomía técnica, la que podrá interrelacionarse con todos los organismos y entidades públicas.

Este órgano estará integrado por un consejo directivo honorario de siete miembros, el que será presidido por un representante de la Secretaría Nacional de Drogas, e integrado por los Ministerios de Salud, Desarrollo Social, Interior, Economía, Industria y Ganadería.

La URBA otorgará “licencias específicas” a aquellos comercios o empresas que venden alcohol. Habrá una diferenciación entre los locales que expendan al por mayor, los que  distribuyan bebidas y aquellos que venden dentro de un establecimiento o fuera de él.

En tal sentido, se establece una “tasa” que gravará la venta de bebidas alcohólicas y también se aplicarán multas y sanciones a quienes incumplan la Ley.

A partir de la creación de la “Tasa Preventivo-Sanitaria”, se financiarán las actividades y funciones de la URBA, y quedará para la futura reglamentación de la Ley, el período de liquidación y pago del gravamen.

La UBRA tendrá la potestad de multar, sancionar y hasta cerrar un local que viole la normativa.

Dicha Unidad dispondrá de competencias para “sancionar” a los infractores, las que van desde el apercibimiento hasta la clausura de los establecimientos, pasando por una multa de hasta 200 Unidades Reajustables.

Prohibiciones

Asimismo, a través de la propuesta se establece que entre las 22 y 8 horas no se podrá vender bebidas alcohólicas, a excepción de los locales que tengan licencia especial para ello y se consuma dentro de su establecimiento. Hoy está prohibido el expendio entre la medianoche y las 6 de la mañana.

También se dispone que entre las 22 y las 8 horas no estará permitido el “delivery” de bebidas alcohólicas a domicilio, y se prohíbe la venta en lugares donde se desarrollen eventos deportivos, culturales o musicales, salvo que estén en predios delimitados.

Tampoco se podrá vender en las fiestas conocidas como: “canilla libre” y “happy hours” en las discotecas.

La publicidad de bebidas alcohólicas, al igual que ocurre con el tabaco, deberá cumplir con determinadas normativas que adviertan sobre los perjuicios de su consumo.

La iniciativa establece además medidas para que se incluyan, en Enseñanza Primaria y en Secundaria, contenidos curriculares y acciones formativas destinadas a la prevención del consumo problemático.

En cuanto a las personas que presenten signos de intoxicación alcohólica, se establece que no podrán ingresar a los espectáculos públicos y serán derivados para su atención médica.

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