El Ministerio de Defensa estudia anteproyecto de Ursec

El Ejecutivo remite proyecto que legaliza a las radios comunitarias

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (Ursec) envió al Ejecutivo un anteproyecto de ley que legaliza a las radios comunitarias.

El texto está a estudio del Ministerio de Defensa, que podrá aceptarlo o establecer modificaciones al mismo.

El proyecto divide en dos a las radios comunitarias: por un lado las de baja potencia, y por otro las universitarias.

El texto define al «Servicio de Radiodifusión Sonora de Baja Potencia» como la «radiodifusión sonora con modulación en frecuencia que opera con baja potencia y cobertura restringida, prestado por asociaciones civiles nacionales sin fines de lucro, cuyo objeto sea de carácter socio-cultural y tengan sede en el área de prestación del servicio y la finalidad de servir a los habitantes de dicha área, prestándoles servicios de utilidad pública, contribuyendo a su perfeccionamiento social y cultural y difundiendo valores éticos y sociales de la persona y de la familia».

Se entiende por baja potencia «a aquella limitada a un máximo de cincuenta Watts de potencia efectiva radiada (PER) y una altura media de antena (HMA) de treinta metros. Se entiende por cobertura restringida aquella destinada a prestar el servicio en un área que no supere los 1.5 Kilómetros».

Por otro lado se crea un Servicio Universitario de Radiodifusión Sonora, que será un servicio prestado por Universidades «debidamente habilitadas». El Poder Ejecutivo determinará la potencia y el área de servicio en función de la naturaleza del proyecto de radiodifusión presentado.

Sin fines de lucro

Quienes operen radios comunitarias, deberán ser asociaciones civiles sin fines de lucro, dice el proyecto. Dichas asociaciones deberán cumplir con requisitos como: ser ciudadanos naturales o legales, tener certificado de buena conducta, no ser titulares ni integrar una Persona Jurídica permisionaria de medios de radiodifusión o TV para abonados.

El proyecto agrega que «no podrá ser beneficiada con más de una estación en todo el territorio nacional una Asociación Civil sin fines de lucro permisionaria de una emisora de Baja Potencia, salvo las asociaciones que tengan representación nacional y la Iglesia.

Se prohíbe toda negociación de cualquier naturaleza que implique directa o indirectamente la transferencia, cesión o arrendamiento de la emisora. Queda prohibido asimismo el comodato o arrendamiento de espacios u horarios.

«El contenido de la programación deberá tener carácter cultural, educativo, informativo, de entretenimiento o religioso, quedando prohibido radiodifundir avisos comerciales de cualquier tipo. Deberán contribuir al desarrollo sociocultural de los habitantes del área de servicio, inspirados en principios de respeto a los valores morales y culturales; de protección de la familia, de los derechos de la infancia, la juventud, la ancianidad, los discapacitados; la dignidad, la vida privada de las personas y todos los derechos y libertades consagrados en la Constitución», agrega la norma propuesta.

Pese a que se prohíbe difundir avisos comerciales, con el fin de su «autogestión», las radios comunitarias podrán recibir donaciones, aportes solidarios y auspicios que tengan referencia con el objeto de la Asociación Civil. «No podrán recibir donaciones o subvenciones de cualquier clase o índole de Gobiernos extranjeros, Estados extranjeros o entidades extranjeras, salvo expresa autorización del Poder Ejecutivo».

Las emisoras comprendidas en esta ley, «deberán radiodifundir los comunicados especiales de servicio públicos, por razones de salud, seguridad y otras emergencias, cuando les sea requerido».

Quien utilice el espectro radioeléctrico sin autorización del gobierno será castigado con pena que va de tres a veinticuatro meses de prisión.

El proyecto establece además una disposición transitoria, donde se indica que el Poder Ejecutivo, mediante llamado público, podrá otorgar permisos provisorios a estaciones que operen con carácter experimental dentro de los noventa (90) días siguientes a la promulgación de la presente ley.

Otros reglamentos

Además, de este proyecto, la Ursec tiene pronto para la consideración del Ejecutivo un reglamento sobre radiodifusión. En este caso el decreto reglamentario se refiere al funcionamiento de las radios AM, FM y los canales de aire, según explicó a LA REPUBLICA, el integrante de la Ursec, Mario Bergara.

En la semana que pasó el Ejecutivo estableció los marcos regulatorios para el uso del espacio radioeléctrico y para las telecomunicaciones. *

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