Decreto

Gobierno decreta nuevos criterios técnicos para ministerios en el marco de la reforma del Estado

El presidente José Mujica aprobó el decreto por el cual se definen los criterios técnicos e instrucciones para alcanzar un Estado “fuerte, ágil, dinámico, capaz de producir desarrollo en términos económicos, sociales, políticos y ambientales, que esté al servicio de la sociedad y la ciudadanía, y que se adecue a las realidades y al permanente cambio”.

Torre Ejecutiva

Mujica y su gabinete ministerial aprobaron el decreto por el que se fijan “criterios técnicos e instrucciones para que los incisos de la Administración Central eleven para su aprobación los proyectos de estructura organizativa y puestos de trabajos, en atención a los requerimientos del Estado.

A través del decreto, el gobierno procurar lograr un Estado: “fuerte, ágil, dinámico, capaz de producir desarrollo tanto en términos económicos como sociales, políticos y ambientales, que esté al servicio de la sociedad y la ciudadanía, y que se adecue a las nuevas realidades y al cambio permanente”, se expresa en la iniciativa.

Fortalecimiento del Estado

En el artículo 1º del decreto se establece que los principios orientadores son: “el fortalecimiento del Estado; consideración del ciudadano como mandante natural de los servicios estatales y de la población como receptor de las políticas públicas”.

También se apunta al “incremento de la productividad y mejora de los servicios a la población; generación de ámbitos participativos en la organización; optimización de los recursos y sistemas de información para la toma de decisiones, dinamismos de los procesos de toma de decisiones; fluidez de las comunicaciones; aplicación de tecnología e instrumentos de gestión tendientes a la modernización de la Administración Pública”.

Asimismo, el gobierno aspira a que las directivas técnicas sean basadas en diseñar las estructuras organizativas y de puestos de trabajo “en correspondencia con la misión del organismo, las pautas estratégicas definidas por el Poder Ejecutivo y los respectivos planes estratégicos de los incisos”.

Además pretende simplificar el diseño organizativo “disminuyendo el nivel de apertura de las unidades ejecutoras y organizativas e identificar y priorizar los cometidos sustantivos”.

Por otro lado se apunta a la “jerarquización de las direcciones generales de Secretaría”, así como a “identificar y racionalizar” los servicios y los procesos que se cumplen en cada unidad ejecutora; dividir el trabajo y las actividades propias de estas de modo de mantener un adecuado grado de especialización y determinar la línea jerárquica de la siguiente manera: “el área tiene jerarquía superior a la división y esta, al departamento; respetar el principio de oposición de intereses; determinar los puestos de trabajo necesarios en correspondencia con la estructura organizativa y cometidos”.

Por otro lado,  a través del articulado del decreto presidencial se determina que cada dirección general de secretaría de los incisos “elaborará un informe que contenga la propuesta de reformulación de las estructuras organizativas y puestos de trabajo de las unidades ejecutoras, el costo asociado y el plan de implementación que deberá estar ajustado a su financiamiento”.

Mientras que las oficinas de Servicio Civil y Planeamiento y Presupuesto y la Contaduría General de la Nación, elaborarán un “dictamen favorable en base a los informes técnicos recibidos y los enviarán a cada inciso”, y al Ejecutivo.

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