MTOP suspende participación en obras de empresas en concordato o moratoria

El Registro Nacional de Empresas de Obras Públicas suspenderá en forma automática la calificación y certificación habilitante para ofertar y contratar obras con el Estado a aquellas empresas que se encuentren en concordato o moratoria, según una resolución adoptada ayer por el Ministerio de Tranporte y Obras Públicas.

La suspensión regirá hasta que la firma en cuestión aporte la información actualizada que permita al citado organismo expedirse sobre la aptitud económico-financiera, técnica y jurídica para contratar obras con el Estado.

Desde el 18 de diciembre pasado, el Registro Nacional de Empresas de Obras Públicas estableció que toda empresa que solicite su calificación en el Registro debe presentar una declaración jurada de no estar en quiebra, liquidación judicial, concurso de acreedores, así como que no tiene en trámite ningún procedimiento concursal preventivo (concordato o moratoria).

Sin la presentación de la mencionada declaración no se podrá obtener calificaciones ni certificados habilitantes.

A su vez, las empresas acogidas a cualquier procedimiento concursal deberán comunicar su situación dentro del plazo de diez días a contar desde la iniciación de los trámites correspondientes, haciendo entrega de los certificados habilitantes que obren en su poder.

Para los juicios de concordato o moratoria, la suspensión cesará una vez que se apruebe la recalificación de la empresa, efectuada sobre la base de información técnica, financiero-contable y jurídica totalmente actualizada.*

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