BPA: acusan a 2 árbitros de parcialidad
Benhamou denunció por escrito el miércoles último que dos de los miembros del Tribunal violaron la independencia de su función arbitral y procedió a plantear ante la Justicia española una acción de nulidad de las órdenes de procedimiento del juicio arbitral.
Benhamou además advirtió el miércoles por escrito al presidente del Tribunal Arbitral, Dr. Andrés Rigo que si no suspendían todas las operaciones del arbitraje, «accionaré por vuestra responsabilidad personal y de los miembros del Tribunal Arbitral según corresponde»
El Tribunal Arbitral, por su parte, respondió a la ofensiva de Benhamou emitiendo un laudo parcial, que si bien no se pronuncia sobre quién tiene razón, si Benhamou o el Estado uruguayo, sostiene que ni el empresario marroquí ni la sociedad irlandesa que adquirió las acciones, Eurofar S. A, pueden invocar el «Tratado franco- uruguayo de promoción, protección, reciprocidad e inversiones», por no poseer la empresa Eurofar nacionalidad francesa.
El laudo parcial del Tribunal Arbitral fue recurrido por Benhamou ante la Justicia española, cuyo territorio es sede del arbitraje, quien solicitó la nulidad de todo lo actuado, por parcialidad de dos de los tres árbitros.
Benhamou sostiene que él es ciudadano francés y a su vez dueño de las acciones de Eurofar S.A., por lo que el Tratado franco-uruguayo, lo ampara.
En este incidente Benhamou aportó las sentencias de primera y segunda instancia del fuero penal uruguayo que procesó al Cr. Enrique Braga y que sostuviera que quien compró el BPA era precisamente él y no los 5 bancos italianos.
Esta convicción judicial, que fue la que llevó a la cárcel a Braga, es la que también le permite a Benhamou, como comprador de las acciones del BPA, ampararse en el Tratado franco-marroquí.
El Tribunal Arbitral Internacional hoy cuestionado por Benhamou, no tomó en cuenta las conclusiones del juez Balcaldi y del tribunal de alzada que condenó a Braga y entendió, sin pronunciarse sobre el fondo del asunto, que Benhamou no era parte en este entredicho y que por lo tanto su nacionalidad francesa no se podía invocar al respecto, y que Eurofar S.A, adquirente de las acciones no era una sociedad francesa.
A Benhamou ahora le quedan dos caminos: obtener la nulidad de las actuaciones del arbitraje, consiguiendo una sentencia de un tribunal español ante quien se presentó el miércoles último o iniciar acciones resarcitorias ante la propia Justicia uruguaya, extremo éste en el que no parece confiar pese a que los fallos del juez Balcaldi y del tribunal de alzada le dan la razón en este incidente procesal concreto.
En el día de ayer la oficina de prensa de la Presidencia de la República emitió por primera vez en años un comunicado sobre este tema, redactado en tono triunfalista, donde se informó a los medios que se había desechado la demanda de Benhamou contra el Estado uruguayo. Acompañó dos fotos donde se veía al Dr. Elías Bluth, abogado del gobierno uruguayo, festejando con el presidente Batlle el resultado del arbitraje. No informó el comunicado, que la decisión fue emitida en forma de laudo parcial que se pronunciaba sobre la pertinencia o no de aplicar el Tratado franco-uruguayo y no sobre el fondo del asunto, dejando abiertas otras vías jurisdiccionales. Tampoco informó la Presidencia de la República sobre el juicio de nulidad planteado por Benhamou, lo que permite suponer que el escandaloso «affaire BPA» continuará pendiendo como una amenaza sobre las expoliadas arcas uruguayas. *
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