Informes blancos: desde liquidar a los bancos hasta intentar el camino propuesto por Batlle
Así se consigna en los informes a los que tuvo acceso LA REPUBLICA, de los destacados técnicos, Daniel Hugo Martins, Rosario Medero, Ignacio de Posadas, Pablo García Pintos, Mario Bucheli y José Pedro Lafitte, y Gonzalo Aguirre. El Directorio del Partido Nacional resolvería en el día de mañana su posición respecto a la iniciativa del gobierno. El presidente del ejecutivo blanco, Luis Alberto Lacalle, adelantó que no es partidario del proyecto y sí de liquidar las entidades suspendidas. La Comisión de Hacienda del Senado, integrada con Legislación y Código, volverá a sesionar los días martes y miércoles para considerar el tema. El Poder Ejecutivo –ahora bajo presión expresa del Fondo Monetario Internacional– espera que el proyecto esté aprobado el jueves. También mañana, se reunirá el Frente Amplio para evaluar la respuesta escrita que dio el ministro de Economía y Finanzas, Alejandro Atchugarry, a trece interrogantes que planteó la dirección de la fuerza política.
Conclusiones
En sus conclusiones, el ex ministro de Economía y Finanzas, Ignacio de Posadas, sostiene que el proyecto trata dos materias diferenciales: bancos y mercados de valores. «Salvo que existan motivos que uno desconoce, para mezclar los dos temas y modificar una ley reciente, no sé cómo justificar tal iniciativa. En cuanto al fondo, prácticamente todas las modificaciones son criticables, continúan agravando una situación de exceso de actividades (y potestades) del BCU y reducen la libertad de comercio con formalismos burocráticos».
Respecto al tema bancos, salvo alguna excepción, «el resto de las disposiciones no mejora el tema supervisión, y en muchos casos lo empeora». «Las disposiciones sobre propiedad de bancos son francamente criticables. En sustancia pretenden curar inconductas con atropellos», estimó. Sobre la liquidación de bancos, «el conjunto de normas es autoritario, retroactivo e injusto, con lo que habrá de ser motivo de inseguridad jurídica y fuente de innumerables litigios contra el Estado».
«Para alcanzar determinado resultado se le dan facultades omnímodas al BCU. La solución es violenta y como total se da un mal precedente y una mala señal», evaluó.
De Posadas sostiene que «no es posible pronunciarse aquí acerca de si la creación de un nuevo banco a tan alto costo en materia de seguridad jurídica –servirá realmente para los fines que se persigue. La experiencia del pasado impide aceptar con entusiasmo la tesis de que el nuevo Banco no será un banco gestionado más, de que devolverá retornos a la inversión, de que no será un competidor irregular más; es más, cuesta creer que el nuevo banco alcance un grado mínimo esencial de crédito en la plaza».
Por tanto, «para aceptar un precedente tan malo como el que contiene el proyecto lo menos que se precisa es una razonable expectativa de éxito. En definitiva, ¿cuáles son los beneficios que se prometen con la ley? Algunos, no todos, ahorristas recibirán acciones y papeles. Algunos funcionarios no perderán su trabajo. Algunas zonas no perderán servicios bancarios».
No obstante, «en contra: otro banco gestionado que competirá mal en el mercado, agravando (aun más) a situación del BROU, que difícilmente (el nuevo banco) sea confiable, al que hay que ponerle más plata, en una solución jurídica inaceptable, que dará lugar a un diluvio de litigios y que por último, extiende la responsabilidad del Estado».
«De momento que el Estado intervenga expropiando, creando y deshaciendo fondos, resolviendo quién cobra qué, dónde y cuándo, y quién no, el Estado se coloca en el centro de todos los derechos, es decir de todos los reclamos», dijo.
Ante ello, «cabe preguntarse por qué no se analizó la posibilidad de dar a todos los bancos suspendidos el tipo de solución más consensuada, menos autoritaria que se prevé para uno de ellos».
«Vale la pena intentarlo»
Los contadores Mario Bucheli y José Pedro Laffite destacan aspectos positivos por encima de los negativos en los dos primeros años de gestión «y requiere de modificaciones, algunas de ellas de importancia frente a las consecuencias inmediatas de la otra solución que es la liquidación: somos partidarios de su aprobación. Vale la pena intentarlo».
«En circunstancias normales sería de clara resolución: los bancos con serias dificultades se liquidan o se capitalizan. No estamos ante un caso de esa naturaleza. Una capitalización en las actuales circunstancias es más que improbable. La liquidación por el método tradicional tiene connotaciones negativas y dramáticas inmediatas. Este proyecto plantea una solución inusual y compleja que amerita modificaciones y cuyos resultados quizás puedan apreciar dentro de un año o dos pero que tienen aspectos positivos que deben valorarse».
Sobre los signos positivos de la iniciativa, estiman: «contará inicialmente con un nivel patrimonial razonable como para lo menos actuar eficazmente en los primeros dos años, dando el tiempo necesario para iniciar sin sobresaltos un proceso de privatización que en definitiva es el objetivo final».
También valoraron que se tendrá un activo «sano» integrado por carteras de deudores seleccionados; un pasivo integrado por depósitos (incluyendo tenedores de Euronotas), reprogramable en plazos similares o superiores a los del BROU; una adecuada red de sucursales ubicada en especial en el interior del país, y una en el sur de Brasil, capacitadas para recuperar «nichos» aparentemente no ocupados en grado importante por otras entidades.
Destacan además, «una dotación de personal capacitado y acorde con el volumen de actividad estimado; una liquidez que se consideró como adecuada». Señalan que tampoco es nada despreciable «la receptividad que el proyecto ha tenido en las Cámaras empresariales y en las gremiales rurales».
En torno a los aspectos desfavorables, señalaron: «La dificultad de recuperar su anterior confiabilidad, lo cual es un escollo importante por su origen proveniente de tres bancos liquidados; el tiempo transcurrido que a la fecha de su posible apertura no será inferior a seis meses del cierre, debe haber originado, no es posible saber en qué grado, un parcial traslado de clientes hacia otras entidades». Por otra parte, «la pérdida sufrida por los ahorristas de los tres bancos liquidados. Existen ahorristas que consideran aún hoy que por la vía de una instancia judicial o por la liquidación de la entidad que captó sus depósitos estiman probable la obtención del más del 75% de su capital invertido y en un plazo inferior al que pueda obtener de su cambio de inversión. Ello puede generar un rechazo a operar como cliente del nuevo banco».
Otro elemento negativo, «la capacidad de una plaza financiera que puede estar ‘saturada’ por la situación económica del país y una agresiva campaña promocional que puede acertadamente realizar el BROU, en función de las ventajas que otorga al estar ya operativo».
Además, «la eventual sanción de una disposición legal que suponga quitas sobre el pago de actuales deudores o refinanciación de sus adeudos. Estas dos medidas significarían a nuestro juicio, la anulación total del proyecto».
«Poderes draconianos»
La opinión del ex vicepresidente Gonzalo Aguirre Ramírez comprende a los artículos del 1º al 13º relativos al Fortalecimiento de las Atribuciones de Control que posee el Banco Central sobre el Sistema Bancario. Aguirre considera que las atribuciones por el Decreto Ley 15.322 y otras ya son muy amplias. «Parece creerse que fue por insuficiencia de poderes de control que el BCU no pudo impedir la quiebra técnica de varios Bancos. No fue así pues una corrida generalizada no se para con más normas,
más controles y más poderes sancionatorios». Discrepa con el inciso 3º del artículo 3º que extiende a determinados empleados incumplidores «el muy severo sistema sancionatorio del artículo 23 del Decreto Ley 15.233. Algunas de sus sanciones son una verdadera pena por su naturaleza y por estar previstas en el Código Penal, por lo que en todo caso tendría que aplicarla un juez y no el BCU».
En lo atinente al artículo 5º, las diferencias de Aguirre están centradas en el literal c. «Hay modificaciones importantes. Se faculta al BCU a exigirles a las empresas de intermediación financiera no sólo planes de adecuación» sino también «de saneamiento o recomposición patrimonial o adecuación de su monto». A su entender, «si se tiene en cuenta que el artículo 16 es aplicable a los demás Bancos estatales parece claro que tan amplios poderes no siendo de contralor sino propios de un órgano jerarca son incompatibles con la autonomía de dichos entes, y por tanto inconstitucionales». Aguirre marcó y hasta calificó de «poderes draconianos» algunas de las hipótesis por las que se «introduce la facultad excepcional de exigir modificaciones en la estructura y composición del capital accionario, obligando a desplazar accionistas o anulando por sí sus derechos si no se cumpliere con tal desplazamiento». Para Aguirre, «aquí se plantean problemas de Derecho Comercial. Tan ‘draconianos poderes’ proceden en dos hipótesis: a) la de accionistas sancionados por la aplicación del artículo 23 del Decreto Ley 15.233. Como ello es grave y objetivo podría admitirse. b) la que el BCU resuelva que esos accionistas no cumplieran con los requisitos de solvencia, rectitud y aptitud exigidos a los accionistas de las empresas en su giro. Eso es demasiado vago, impreciso y abre la puerta a una discrecionalidad tan amplia que puede degenerar en arbitrariedad. Esta segunda hipótesis debiera suprimirse».
En lo que tiene que ver con el inciso 2º del artículo 6º sobre la posible aplicación de multas del BCU a los otros Bancos del Estado, es de dudosa constitucionalidad. Al aludir al artículo 7º que entiende «al carácter nominativo de las acciones y a la exigencia de autorización del BCU para transferirlas».
Dijo que «no es objetable jurídicamente» pero la doctora Nury Rodríguez lo cuestiona por no creer que «un banco internacional admita tener que informar qué personas integran sociedades anónimas constituidas en el extranjero». *
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