Nuevo proyecto de ley sobre la libertad de prensa
El presidente Adolfo Rodríguez Saá firmó el proyecto de ley por el que ningún ciudadano volverá a arriesgar su libertad en razón de lo que informe u opine sobre los actos del gobierno.
Asimismo el nuevo mandatario también desistió de las querellas criminales que había iniciado contra periodistas de su provincia, San Luis.
La ley será un instrumento efectivo para el control republicano de los actos de gobierno y la imprescindible transparencia de la gestión administrativa. El proyecto, que reforma los códigos Civil y Penal introducirá en la legislación positiva las normas del reportaje neutral y de la real malicia.
Fue elaborado por la Asociación Periodista, un grupo que reúne a destacados profesionales argentinos que desde hace tres años reclama su sanción y cuenta con el auspicio de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, ante la que se habían comprometido los gobiernos de los ex presidentes Carlos Menem y Fernando de la Rúa.
También cuenta con el apoyo de importantes organizaciones internacionales defensoras de la libertad de expresión, como el Comité para la Protección de Periodistas, de Nueva York, el World Press Freedom Committee y la asociación francesa Reporteros sin Fronteras.
Los considerandos del proyecto firmado por Rodríguez Saá mencionan ese compromiso asumido por el Estado nacional con la Asociación Periodistas, ante la CIDH. El proyecto había tenido estado parlamentario en 1999, con las firmas de los senadores Jorge Yoma y José Genoud, pero su tratamiento fue postergado cuando el entonces presidente de la Asociación, Joaquín Morales Solá, dio la primicia del escándalo en el Senado por la ley de flexibilización laboral. Junto con este proyecto que favorecerá la acción de la prensa independiente, el Poder Ejecutivo también solicitó al Congreso la derogación de la ley laboral, a la que, como lo denunciara Morales Solá, llamó la ley del soborno.
La norma del reportaje neutral, que la Corte Suprema acogió hace ya 15 años en el caso «Campillay», pero que no fue aplicada en forma coherente desde entonces, postula que la reproducción fiel de una información originada en una fuente oficial o privada que se mencione en la información no da lugar a responsabilidad aún cuando dicha información sea inexacta y pueda afectar el honor de un particular.
La doctrina de la real malicia, establecida por la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos en 1964 e incorporada luego por el Tribunal Europeo y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, afirma que los funcionarios públicos no podrán efectuar juicios penales cuando sientan atacado su buen nombre. Sólo podrán recurrir a juicios civiles, que no amenacen la libertad del presunto ofensor, y en ellos corresponderá al funcionario demostrar que la información publicada era falsa y que se difundió a sabiendas de su falsedad o con temerario desprecio por la verdad.
La Asociación Periodistas espera que el Congreso sancione la ley con rapidez, en cumplimiento de compromisos internacionales ineludibles. *
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