El delito por robo de menores sigue vigente

Prescripción de Videla rechazada

ISIDORO GILBERT

 

Desde 1998 Videla está arrestado en su departamento del barrio de Belgrano, acusado de participar del robo de bebés, hijos de desaparecidos. Sus abogados argumentan que los delitos por los que está acusado ya están prescriptos y que ya fue juzgado por toda su actuación durante la dictadura, en el juicio a las Juntas, que se realizó en 1985.

Videla fue entonces condenado a reclusión perpetua por la Cámara Federal porteña, al encontrarlo responsable de 66 homicidios y decenas de secuestros y torturas. Pero en diciembre de 1990 salió en libertad, tras el indulto firmado por el ex presidente Carlos Menem. Con todo, en 1998 quedó preso por el robo de bebés, en una causa en la que se investiga la apropiación de hijos de desaparecidos.

Pero Becerra señaló que «corresponde declarar que no se halla prescripta –ni podría estarlo– la acción penal para la persecución de los delitos investigados»: apropiación de menores en cautiverio a sus madres, luego «desaparecidas». El dictamen señala que «los delitos atribuidos (a Videla) no se encuentran prescriptos de acuerdo con nuestro derecho positivo interno, ni tampoco a la luz del derecho internacional». Y toma los dos casos por lo que el ex militar está bajo proceso: las apropiaciones de los menores inscriptos como Mariana Zaffaroni Islas y Carlos Rodolfo D’Elía,. «Comenzaron al ser sustraídos el 27 de setiembre de 1976, la primera, y el 26 de enero de 1978, el segundo, han dejado de cometerse el día que recayó sentencia firme» sobre los padres apropiadores, «el 5 de agosto de 1994 y el 5 de mayo de 1998, respectivamente».

La misma opinión tienen los abogados de las Abuelas de Plaza de Mayo que iniciaron esta causa, y los jueces y camaristas que luego dictaron y confirmaron el procesamiento y la prisión preventiva de Videla: que la apropiación de menores es un delito permanente, que se continúa cometiendo en tanto los mismos no recuperan su verdadera identidad.

De acuerdo a este argumento, entonces, el plazo de prescripción de diez años sólo puede ser contado –en estos casos– a partir de la sentencia de 1994 y 1998. Pero además Becerra señala que los hechos de la acusación «también constituyen crímenes contra la humanidad en virtud de normas del derecho penal internacional de los derechos humanos, vinculantes con el Estado argentino, y son como tales imprescriptibles».

Videla cumple además arresto por el Plan Cóndor pero en dos oportunidades se negó a declarar ante el juez Rodolfo Canicoba Corral, porque la nulidad de los planteos en su contra estaba presentada ante la Corte Suprema. Ahora el alto tribunal deberá pronunciarse sobre estos planteos. No habría un acuerdo entre la mayoría de sus nueve miembros, según «Clarín».*

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