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Justicia chilena aprueba cambio de sexo sin necesidad de cirugía

La justicia chilena determinó el cambio de nombre y sexo registral de una persona transexual sin requerir intervención quirúrgica de ningún tipo.

Chile aprueba cambio de sexo sin necesidad de cirugía.
Chile aprueba cambio de sexo sin necesidad de cirugía.

La Corte Suprema de Chile aceptó este miércoles cambio de nombre y sexo en el registro de las personas transexuales »sin ser necesaria alguna intervención quirúrgica», conforme a los tratados internacionales vigentes y en un fallo inédito que llena un vacío legal.

La sentencia, que privilegia el cumplimiento de tratados sobre derechos humanos ratificados por el país, estableció que, a pesar de que la legislación actual no regula el cambio de sexo para transexuales, “los principios internacionales en materia de derechos humanos facultan a los jueces a realizar el cambio“.

Según fuentes judiciales, el fallo fue por mayoría (4-1) de la IV Sala del máximo tribunal chileno, con lo cual quedó revocada una resolución anterior de la Corte de Apelaciones de Santiago, que negó el cambio a sexo femenino en los registros de una persona cuya identidad fue mantenida en reserva por la máxima instancia judicial del país.

El fallo de la Corte concluyó que “supeditar la sentencia de reasignación sexual, a la previa realización de una intervención quirúrgica (…), sería quedarnos en una visión reduccionista que equipara el sexo en términos jurídicos, con solo una de sus exteriorizaciones”.

«El Estado de Chile se ha obligado, a través de la ratificación de distintos tratados de derechos humanos, con la no discriminación y la garantía de los derechos humanos para todas las personas», detalló la justicia.

En su resolución, la máxima instancia de justicia en Chile, destacó que es deber de los órganos del Estado, «respetar y promover tales derechos, garantizados por la Constitución, así como por los tratados internacionales (…)».

Al tiempo que indica que las personas transexuales «deben ser siempre tratadas con pleno respeto y garantías a sus derechos humanos consagrados en los distintos instrumentos internacionales».

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Para el dirigente del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), Rolando Jiménez, “esta sentencia es un hito, pues si bien ya existen fallos de tribunales que han posibilitado la rectificación de la partida de nacimiento sin exigir cirugías, es la primera sentencia donde la Corte Suprema refrenda este principio. Esto significa, en la praxis, que desde ahora todos los tribunales deberán autorizar el cambio de nombre y sexo legal sin cirugías”•

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