Aznar postergó el reclamo de Garzón
Fuentes jurídicas han explicado que el acuerdo adoptado por el Gobierno no supone que se rechace pedir las extradiciones reclamadas por el magistrado, sino suspender su tramitación, por lo que España podría pedir en el futuro la entrega de estas personas si Argentina finalmente no abre causas penales contra ellos.
Según una nota facilitada por el Ministerio de Justicia tras la reunión del Consejo de Ministros, España ha solicitado a las autoridades argentinas «que pongan en conocimiento de esta parte la culminación del procedimiento administrativo y judicial en curso, manteniendo hasta entonces la situación de estas personas a disposición efectiva de la Justicia».
Esto significa, según las fuentes consultadas, que Argentina deberá informar a España de la decisión que la Corte Suprema adopte en relación con la anulación por el Parlamento de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida, que impedían el enjuiciamiento de los reclamados; así como de si se va a abrir proceso contra ellos.
El Gobierno español, además, pretende que los reclamados sigan bajo situación de arresto hasta ese momento, decisión que dependerá del juez federal argentino Rodolfo Canicoba Corral, que firmó las órdenes de detención a instancias de Garzón. Pero el juez anticipó que liberará, una vez que tenga el informe de la Cancillería, a los 40 represores de la dictadura militar que se encuentran detenidos ante la decisión de España de no tramitar la solicitud de extradición a la Argentina. La primera versión de Madrid sostenía que el gobierno de José María Aznar, rechazaba canalizar las extradiciones.
«No queremos la impunidad, pero es lo que decidió España», fue la reacción de Néstor Kirchner cuando estaba en la Patagonia con su invitado el chileno Ricardo Lagos.
Canicoba dijo que le resulta «novedosa» la determinación de Madrid de «suspender» el trámite de extradición de quienes fueron procesados por delitos de lesa humanidad. «Han transcurrido 40 días y si no se requiere formalmente la extradición debe disponerse la libertad» de los 40 miembros de la dictadura detenidos en Argentina, declaró el juez argentino. Ese plazo caduca el próximo martes.
El Gobierno español decidió no tramitar por ahora la extradición requerida por el juez Garzón amparándose en el artículo 11 del acuerdo de extradición y asistencia judicial en materia penal entre España y Argentina. Este artículo prevé como causa de denegación de extradición la de que los tribunales de la parte requerida, en este caso Argentina, sean competentes conforme a su propia ley para conocer del delito que motiva la solicitud de extradición.
Es que el Parlamento argentino anuló dos leyes de impunidad que protegieron a los violadores de derechos humanos durante la dictadura militar. El presidente Kirchner tiene hasta el próximo 4 de setiembre tiempo legal para confirmar o no la ley, y si no lo hace, la promulgación es automática.
El diputado peronista Ricardo Falú advirtió que la derogación de esas leyes tuvieron como objetivo evitar las extradiciones criterio que compartía la mayoría de lo sectores y permitir que los represores sean juzgados en el país. Claro, «la última palabra la tendrá la Corte», precisó,
El ministro de Defensa, José Pampuro, señaló que el Gobierno no se «involucra en los asuntos de la Justicia» y dijo que «ahora todo continuará en el ámbito de la magistratura argentina».
En julio pasado, Garzón reclamó a la Justicia la detención con fines de extradición de 45 militares y un civil por terrorismo de Estado, genocidio y torturas: hay 40 detenidos por ese motivo. El resto ha fallecido o están prófugos.
Leyes de impunidad
El tratado de extradición entre España y Argentina prevé que el Estado que solicita la entrega envíe la documentación necesaria en un plazo máximo de 40 días a partir de la fecha en la que se produjo el arresto del reclamado. Las primeras detenciones se produjeron el pasado 24 de julio, por lo que la fecha límite para que Argentina reciba su solicitud formal de extradición se cumple el 2 setiembre próximo.
El juez federal Canicoba Corral no descarta la posibilidad de que a partir de la nulidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final «algunos (de los que se requirió la extradición) puedan ser juzgados en la Argentina» a partir de la reapertura de algunas causas pendientes en su contra.
Los primeros efectos jurídicos de la anulación legislativa de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final se sentirán luego de que la medida sea publicada en el Boletín Oficial.
El ministro de Defensa dijo que habrá que aguardar una acordada de la Corte sobre la constitucionalidad o no de las leyes de impunidad. Sin embargo, la Cámara Federal porteña reimpulsará las dos grandes causas por violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura que quedaron paralizadas cuando se sancionaron esas normas: se trata de lo ocurrido en la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA) y en el Primer Cuerpo del Ejército.
La Cámara resolverá en un plenario será una medida respaldada por las dos Salas que la integran la reapertura de ambos expedientes, según Página/12. Si bien las causas nunca estuvieron del todo paralizadas, ya que se mantuvieron activas en el marco del derecho a la verdad, ahora los camaristas decidirán que las investigaciones sean retomadas por jueces de primera instancia.
Durante el gobierno de Raúl Alfonsín, las denuncias sobre los crímenes cometidos por los militares fueron derivadas al Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas y las cámaras federales de todo el país actuaron como tribunales de avocación. En los hechos, fueron las cámaras las que investigaron y juzgaron, ya que la Justicia castrense no demostró interés en realizar esta tarea.
Por eso la Cámara Federal porteña condenó a los ex comandantes y tiene bajo su esfera las causas sobre la ESMA y el Primer Cuerpo, en las que los responsables quedaron sin castigo. Desde hace tiempo, la Cámara porteña cuya Sala II ya se pronunció contra las leyes de impunidad sostiene que las nuevas causas penales que se abren sobre los crímenes de la última dictadura tienen que ser llevadas adelante por los jueces de instrucción, para asegurar la garantía de la doble instancia.
Así fue que avanzaron los expedientes en los que los magistrados Gabriel Cavallo y Claudio Bonadío declararon la inconstitucionalidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final. Ese criterio fue ratificado por la Corte Suprema la semana pasada cuando respaldó la continuidad del juicio por apropiación de menores contra el dictador Jorge Rafael Videla.
El año pasado, la Cámara porteña en pleno ya ordenó que jueces de primera instancia reabrieran investigaciones sobre desapariciones de personas en los años del terrorismo de Estado. Se trataba de dos expedientes: uno relacionado con una denuncia recibida por el juez Juan José Galeano, sobre la participación de un piloto de aviación naval en los «vuelos de la muerte» y otro originado en un testimonio recogido en el juicio por la verdad de la Cámara Federal de La Plata. Pero ahora, el impulso de oficio de los expedientes más voluminosos y avanzados relacionados con el terrorismo de Estado será un símbolo y un mensaje, sobre todo hacia la Corte Suprema.
Para algunos juristas, si no se hubieran anulado esas leyes tendrían que aguardar un fallo de la Corte para aplicar la doctrina. Pero siempre hubiera sido una resolución referida a un caso concreto. Con la anulación legislativa, los efectos son extensivos a todas las causas.
De hecho, la Corte podría señalar ahora que la in
constitucionalidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final es una cuestión abstracta y pronunciarse acerca de la validez de la anulación de las leyes cuando los acusados apelen, lo que ocurrirá inexorablemente. Es difícil estimar a cuántos represores involucrarán las causas ESMA y Primer Cuerpo de Ejército. Como en este segundo caso, hay varias provincias, y por lo tanto, distintas jurisdicciones, habrá tironeos entre jueces federales. En esta investigación también debería responder por sus crímenes el dictador Antonio Domingo Bussi, que fue comandante del Primer Cuerpo entre diciembre de 1980 y diciembre de 1981.
El número no es fácil de saber, sobre todo porque luego de que se interrumpieran los procesos por aplicación de las leyes de impunidad, los Juicios por la Verdad y los realizados en el exterior hicieron que las investigaciones continuaran y que se descubrieran nuevos hechos y responsables. En la causa ESMA, que es más acotada ya que se refiere a un solo centro clandestino de detención, fueron beneficiados por la ley de Obediencia Debida, entre otros, los represores Alfredo Astiz, Jorge «Tigre» Acosta, Antonio Pernías, Jorge Raúl Vildoza.
Otro que podría ser ahora juzgado es el médico de la policía Jorge Bergés, así como altos funcionarios de la policía bonaerense en los años del terror. Un nuevo episodio en la lucha contra la impunidad. *
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