EN ARGENTINA

Fiscal de Casación desestima en última instancia las acusaciones del fiscal Nisman contra la Presidenta

El Fiscal de Casación Javier de Luca, desestimó la denuncia que el fiscal Alberto Nisman, pensaba llevar adelante contra la Presidenta de la Nación y algunos de sus allegados.

El Fiscal de Casación Javier de Luca, desestimó la denuncia que el fiscal Alberto Nisman, pensaba llevar adelante contra la Presidenta de la Nación. Foto: Infobae

“Por más que se recorran todas sus hipótesis una y otra vez, no se logra encontrar delito alguno a averiguar y demostrar”, sentenció el jurista en un escrito de 27 páginas que abre la puerta al archivo definitivo del asunto. La línea del fiscal ha sido que la denuncia del fallecido fiscal no implicaba delito vinculante con el supuesto levantamiento de las alertas rojas contra ciudadanos iraníes implicados en la voladura de la filial judía AMIA. El tratado firmado entre Buenos Aires y Teherán ha sido considerado como parte de una negociación de ocultamiento por parte de la presidenta argentina, que habría evitado que Interpol siguiera persiguiendo a los presuntos conspiradores para volar la AMIA.
“Sostener que firmar un tratado constituye un plan criminal es un absurdo desde el punto de vista jurídico. Las supuestas motivaciones, móviles o ultra-intenciones no son delito”, dice el documento ahora expedido, fragmentos del cual reproduce el diario Página 12 de Buenos Aires.

El tratado fue votado por el Congreso

“Véase que la conformación de una ‘Comisión de la Verdad’ y la notificación a Interpol de la celebración del acuerdo internacional están escritas en el mismo memorándum, totalmente a la vista, y fueron ratificados por el Congreso de la Nación. Es decir, nuestros legisladores, en el ejercicio de su potestad constitucional, dispusieron esas cláusulas. No queda resquicio alguno para operaciones encubiertas o la realización de móviles ocultos, porque está todo a la vista”, explica el documento del fiscal. “Un tratado es equiparable a una ley. Fue votado por el Congreso. Es el soberano el que decide. Hay tratados que eximen de extradición, que modifican regímenes de excarcelaciones y todo ello está dentro de las facultades del Legislativo y el Ejecutivo, que luego promulga. No puede haber delito en eso”, añade.

De Luca concluye que la legislación en Argentina, “exige que lo que se denuncie e investigue sean hechos que constituyan delitos y no cualquier hecho de la vida. En este caso no estamos ante hechos que no se pudieran probar, sino que lo que se pretende probar son hechos que no podrían configurar un delito”, publica Página 12.

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