cuotificación entre resistencias y vacíos legales

El pasado 5 de mayo, con una semana de atraso y algunas resistencias, se aprobó la ley interpretativa de su homóloga Nro. 18.476, sancionada en abril y que consagró la cuotificación de cargos por sexo.

La Ley Nro. 18.476 establece que en tanto en la confección de las listas a cargos electorales, tanto nacionales como departamentales y de autoridades de los partidos políticos, deberá observarse que cada tres candidatos no más de dos pertenezcan a un mismo sexo.

La interpretación que hizo de esta disposición la Corte Electoral pareció destinada a que nada cambiara, por la vía de considerar que las ternas se integraban con titulares y suplentes. De ese modo, el mínimo logro de las mujeres luego de dos décadas de recuperación democrática, podía asegurar que siguieran rellenando listas en los cargos sin posibilidades (todas al final) o a que se les birlara la titularidad condenándolas al banco de suplentes.

La rápida reacción de la Bancada Bicameral Femenina permitió la introducción de un proyecto de ley interpretativa, que didácticamente aclara que las ternas de titulares deben ser consideradas independientemente de las de suplentes, aplicándose la cuotificación a cada una de ellas.

Aprobada inmediatamente y por unanimidad en el Senado, en Diputados la situación fue más difícil. A una suspensión del plenario por falta de cuorum, le siguió un debate plagado de reparos que, en parte, revivió las eternas argumentaciones en contra de esta medida afirmativa que pretende agilitar el acceso de las mujeres a los lugares de decisión. Así, por ejemplo, desde filas nacionalistas volvió a escucharse que «la ley de ternas es un disparate porque achata la democracia», en la voz del diputado Juan José Bruno. Es posible que muchos de sus pares también lo pensaran pero no fueron tan explícitos. Hubo legisladores frenteamplistas que atribuyeron la perversa interpretación de la Corte Electoral a su integración definida en 1994, y nacionalistas que la excusaron porque » la ley (Nro. 18.476) no era clara».

La duda sobre si la reglamentación que intentó dicho organismo se debió a problemas de redacción de la ley interpretada o a presiones políticas sobrevoló la sesión, sin que nadie se diera por aludido. Finalmente, la nueva ley se aprobó por 77 votos en 78 presentes. El diputado del Partido Nacional Mauricio Cusano votó en contra.

 

VACIOS LEGALES

En Argentina, el movimiento de mujeres reclama un inmediato llamado a elecciones para que la plaza de una senadora fallecida sea cubierta por otra mujer, mientras que el Senado insiste en designar a un hombre en su lugar.

La Ley de Cupo Femenino Nro. 24.012, reglamentada por el ex presidente Fernando de la Rúa, rige desde 2001, y gracias a ella en ese año la Cámara Alta quedó integrada por un 33% de mujeres, que actualmente se elevó al 40%, lo que ubica a Argentina como el país de Latinoamérica con mayor representación parlamentaria a nivel nacional.

La sucesión de la senadora de la provincia de Santa Cruz, Judith Forstmann, abrió en el Congreso un debate sobre la aplicación de ese régimen, dejando en evidencia cierto vacío legal. La Comisión de Asuntos Constitucionales del Senado resolvió que la banca debe ser ocupada por un varón, ante la ausencia de suplentes mujeres de Forstmann, pero en ese caso la provincia quedaría representada por tres legisladores varones, lo va en contra de lo dispuesto por la ley.

En 2007, cuando se planteó una situación similar ya que el Frente para la Victoria había obtenido dos bancas por la mayoría, una correspondiente a Alicia Kirchner que renunció para asumir al frente del Ministerio de Desarrollo Social y otra por la minoría que correspondió a un varón, el primer suplente de Kirchner tuvo que resignar su banca a favor de una mujer.

En 2001, la entonces senadora y actual presidenta Cristina Fernández de Kirchner defendió la aplicación de la Ley de Cupo, al pronunciarse en contra de la renuncia de una senadora titular para que asumiera su suplente varón.

Hoy hay quienes entienden que hay un vacío legal, por lo que se tendría que modificar el Código Electoral para evitar tener que tomar «decisiones excepcionales».

 

DEMOCRACIA INCOMPLETA

Mientras se ventila el problema, en la Feria del Libro de Argentina se presentó «Ideas, presencia y jerarquías políticas. Claroscuros de la igualdad de género en el Congreso Nacional de la Argentina», que recoge los resultados de una investigación promovida por el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo sobre el lugar que ocupan senadoras y diputadas en el Parlamento.

Uno de los hallazgos de este trabajo, que tiene a la politóloga Mariana Caminotti entre sus autoras, es que si bien las legisladoras accedieron a ejercer vicepresidencias en ambas Cámaras, existe un persistente monopolio masculino de las presidencias de los bloques más significativos y de las propias Cámaras.

Otra revelación es que el crecimiento de la proporción de legisladoras nacionales estimuló » un proceso de innovación temática» y favoreció «el debate de asuntos claramente enmarcados en la agenda internacional contemporánea de derechos humanos», según informa la periodista Mariana Carbajal en el diario «Página 12″. Agrega que el libro también registra que las iniciativas relativas a derechos de niños y niñas, de pueblos originarios, de las personas con capacidades diferentes, de la tercera edad y la igualdad de género suelen ser más impulsadas por las legisladoras.

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