SEXISMO

Publicidad sexista: Un juez veta un anuncio de productos capilares por sexista en España

En la publicidad aparece una mujer desnuda: "No te obsesiones con ella. Tú también puedes tener una igual. ¡La melena, claro!"

Publicidad sexista: Un juez veta un anuncio de productos capilares por sexista en España.
Publicidad sexista: Un juez veta un anuncio de productos capilares por sexista en España.

Un juez de Barcelona prohibió un anuncio de la marca de productos para el cabello VR6, de CNCE Innovación SL donde aparecía una mujer desnuda por considerarla una publicidad sexista.

El anuncio, que fue elegido por la asociación de consumidores Facua como el peor de 2016, pretendía crear un juego de palabras con doble sentido, entre la desnudez de la protagonista y su melena: «No te obsesiones con ella. Tú también puedes tener una igual. ¡La melena, claro!», expresaba el mensaje junto a la imagen de una mujer desnuda.

En premio El Peor Anuncio del Año celebró su octava edición este año con la participación de cerca de 6 mil consumidores que votaro por la peor publicidad. Un 42% de los votos fue para el anuncio de VR6 por su sexismo.

El magistrado Alfonso Merino decidió prohibir su exhibición por considerar que usa a la mujer «como mero objeto» y la instrumentaliza con el único fin de llamar la atención. Merino falló en contra del anuncio por un supuesto de publicidad ilícita y competencia desleal y además de prohibir la reproducción del anuncio ha condenado a la empresa CNCE Innovación SL a publicar el fallo en el diario La Razón (donde apareció), en la misma ubicación y con el mismo tamaño y relevancia.

La sentencia sostiene que «existe una desconexión total y absoluta entre la imagen desnuda de la mujer que se representa y el producto promocionado». El hecho de que la melena de la mujer «aparezca en segundo plano» y, por tanto, tenga mayor protagonismo su cuerpo desnudo no corresponde con el fin del anuncio: un producto que previene la caída del pelo.

Demanda y defensa

La demanda fue interpuesta por la Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) de España porque cosifica a la mujer, la discrimina y contribuye a una visión estereotipada e incluso al mantenimiento de la violencia de género.

Por su parte la firma anunciante niega que se trate de una publicidad «sexista, discriminatoria y vejatoria» y argumenta que tienen una gráfica igual pero con un hombre como protagonista. Para la justicia, incluso así sigue siendo ilícito ya que el cuerpo de la mujer desnuda nada tiene que ver con el producto que se promociona.

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