Tribunal Europeo de la UE, considera legítima la prohibición de utilizar el velo islámico (burka) en espacios públicos
El Tribunal rechazó la demanda de una mujer residente en Francia y adepta al Burka, al respaldar la prohibición que existe en este país de utilizar el velo islámico en espacios públicos.
La ley impide la utilización de cualquier atuendo que oculte el “rostro en el espacio público”, y fue votada en el 2010, en Francia.
La mujer había iniciado la demanda ante El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TDH), cuando la ley entró en vigencia, en abril del año 2011.
Esta joven, de 24 años, alegó que de esta manera se le estaba restringiendo su libertad de culto y también de expresión. Asimismo, expresó que se trataba de un acto de discriminación y que se sentía degradada por el hecho de tener que quitarse el velo.
Una respuesta polémica
La Corte, que respaldó la prohibición, se mostró sin embargo “consciente de que la prohibición impugnada afecta fundamentalmente a una parte de las mujeres musulmanas, pero la misma no atenta contra la libertad de llevar atuendos en el espacio público que no tengan como resultado ocultar el rostro y que no está explícitamente fundada en la connotación religiosa de la vestimenta”.
De hecho, se calcula que esta ley, si bien comprende también a cualquiera que oculte su rostro mediante capuchas, cascos, etcétera, está afectando a unas 1.900 mujeres, de entre los 5 millones de musulmanes que residen hoy en día en Francia.
Este fallo se produce tan solo unos días después de que la Corte de Casación francesa confirmó el despido a una empleada que utilizaba velo integral en un jardín de infantes, decisión que también será apelada por la afectada.
Según el Tribunal, la ley de prohibición tiene como único fin la seguridad y la preservación de la “vida en común”.
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