Insólito accidente de tránsito

Conductor en el CTI por responsabilidad de empresa forestadora de Rivera

En horas de la mañana del miércoles circulaban en un ciclomotor dos jóvenes identificados por sus iniciales como PDPL, de 25 años, y ARS, de 18 años, cuando al ingresar al camino Continuación Serralta no advirtieron que un grupo de obreros que realizaban tareas para la forestadora Urufor habían decidido cortar la calle colocando un alambre de un lado a otro de la misma sin ningún tipo de señalización.

El impacto fue tremendo, al punto que a ARS, que oficiaba de acompañante, el médico de guardia del Hospital local le diagnosticó «traumatismo cráneo-encefálico sin pérdida de conocimiento con traumatismo facial». En tanto que a PDPL sufrió «traumatismo cráneo-encefálico sin pérdida de conocimiento con traumatismo facial grave», siendo trasladado a un CTI de Montevideo debido a las heridas que sufriera en el rostro.

El edil del Frente Amplio (FA), Saúl Aristimuño, en diálogo con LA REPUBLICA informó que «además de la gravedad del accidente, hay que agregar que los obreros que se encontraban trabajando, lejos de asistir a los accidentados, se subieron al vehículo de uno de ellos y se retiraron del lugar. A los pocos minutos llegó una persona de casco blanco, presumiblemente un capataz, el que quiso retirar el ciclomotor del lugar, lo que le fue impedido por los vecinos que se quedaron en el lugar hasta la llegada de la Policía».

El camino en el que ocurrió el accidente es la continuación de la calle Serralta y la extensión había sido solicitada por la empresa para la normal circulación de camiones hasta las instalaciones de la planta. Todo fue aprobado por unanimidad en una sesión de la Junta Departamental.

De acuerdo a datos recabados por LA REPUBLICA, la forestadora ofreció hacerse cargo de algunos gastos que pudieran surgir del tratamiento del joven accidentado, en tanto que el caso pasó a la órbita de la Justicia competente la que tratará de determinar la responsabilidad criminal que pudiera caberle a los funcionarios de la empresa contratada como así también la omisión de asistencia. *

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