Propuesta del ERT: facilidades para deudores del BPS
ARIEL FERRARI
La crítica situación del país presenta múltiples facetas, particularmente en el campo del trabajo y de las empresas. Sistemáticamente llegan a consideración del Directorio del BPS notas de las empresas que, muchas veces en riesgo cierto de cierre, proponen todo tipo de fórmulas para el pago de los aportes que deben hacer a la seguridad social, en el mejor de los casos, porque en otros directamente caen en situación de morosidad. Y se da un fenómeno particular: incluso se ha presentado al BPS como «culpable» por el riesgo de cierre de fuentes de trabajo. Nada más alejado de la realidad. Más allá de las diferencias que en cosas importantes tengamos con la mayoría del Directorio, no es el BPS el que determina la política económica del país. Y por otro lado hemos asistido a una sistemática rebaja de aportes patronales a la seguridad social con el consiguiente desfinanciamiento del organismo. Por otra parte es sabido la rigidez que tienen las normas legales y tributarias que no posibilitan al BPS a acordar fórmulas de pago flexibles, todo está enmarcado en el Código Tributario y leyes de facilidades.
Justamente referido a esto último, el Poder Ejecutivo envió al Parlamento un proyecto de ley que incluye un artículo por el cual se abre un nuevo plazo para acogerse a las facilidades que brindó la ley 16.866 (ver boletín anterior pág. 57). Decíamos en nuestro boletín anterior: «Sobre el Artículo 4º.- Incluye en el sistema de facilidades de pago de la Ley 16.866 las deudas por aportes patronales generadas entre Abril/1996, inclusive, y hasta la fecha de sanción del proyecto. Originalmente la Ley 16.866 estableció un régimen de facilidades de pago para deudas por aportes personales y patronales anteriores al 1º/4/1996. Lo novedoso de la Ley 16.866 fue incluir deudas por aportes personales (aunque anteriores a 4/96) y la fórmula de cálculo y plazos para todas las deudas.»
Pues bien, en esta oportunidad y considerando que siempre es mejor una norma general que contemple las situaciones similares, cosa preferible a la discrecionalidad bordeando la legalidad en las decisiones, propusimos que se legislara. Propusimos un proyecto de ley habilitando a que se hicieran convenios de pago, de acuerdo a la forma de cálculo de la ley 16.866 de los aportes patronales y también de los aportes personales que se vuelcan al fondo solidario del BPS, excluyendo de la norma de facilidades los aportes personales que tienen como destino la cuenta individual del trabajador afiliado a una AFAP, las que sí o sí se deben pagar con las multas y recargos correspondientes. Además proponemos que para que el convenio se mantenga vigente se debe estar al día con los aportes personales corrientes como mínimo.
El anteproyecto que planteamos está basado en las siguientes pautas centrales:
Ante está propuesta nuestra hubo quién se «escandalizó» ya que se plantea dar facilidades de pago por aportes personales. No hay cosa peor para cambiar la realidad que desconocerla… salvo que lo cierto es que no se quiera cambiar.
Es cierto que hay empresas que se quedaron indebidamente con los aportes de los trabajadores, tan cierto como que no existe voluntad política o posibilidad real para ejecutarlas, que es lo que la ley marca, sin generar un caos social. Siendo así, escandalizarse no trasciende el plano de la teoría, porque en la práctica no tiene consecuencias. Proponemos refinanciar aportes personales, pero sólo la porción que recauda y queda en el BPS. Para el caso de trabajadores afiliados a las AFAPs, lo que corresponde a la cuenta individual de cada uno, planteamos que se debe cobrar sí o sí con multas y recargos porque va la cuenta personal del trabajador y si no se hace así se perjudica al mismo en su futura jubilación. Esto es por demás claro, más allá de que nos seguimos proponiendo una reforma de la seguridad social sin AFAPs.
Ante la realidad, nuestro planteo apunta a darle la misma oportunidad de refinanciar adeudos a las empresas «grandes» que emplean a cientos de trabajadores y cuyo eventual cierre implicaría verdaderas catástrofes sociales para distintas zonas del país, como el caso de Empalme Olmos, pero también abrir esa oportunidad para las empresas pequeñas, que por su porte o importancia social no llegan, individualmente, a generar la «voluntad política» necesaria para arribar a soluciones especiales. Se trata de disponer de una norma general que para su aplicación se requiera mayoría especial del Directorio.
Nuestras ideas fueron volcadas en el Directorio del BPS, llegaron al Poder Ejecutivo que se opuso a refinanciar aportes personales. También llegó al Poder Legislativo el que pensamos que acabó de entender el planteo que formulamos.
Así, el proyecto de ley original del Poder Ejecutivo con alguna modificación sigue su camino en el Parlamento para convertirse en ley, tal vez todavía se esté a tiempo de lograr una solución mejor. Simplemente para que no haya «hijos y entenados». *
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