NO COMPRENDE A TODOS LOS QUE EL TITULO DICE QUE TIENEN DERECHO

El proyecto de ley de reparación a perseguidos por la dictadura, pertenecientes a la actividad privada

Sin crear falsas expectativas, parecería que está cercana a concretarse, después de tanto tiempo y avatares, la ley del acápite.

Y existen dos versiones. Una que proviene del gobierno y de algunos de los que más se han movido para obtenerla, de que se aprobaría en forma inminente, antes de terminar el período legislativo del presente año.

Otra es la que se recoge entre la gente, concurriendo a las reuniones informativas sobre el proyecto.

Habiendo concurrido a las reuniones organizadas por la Comisión respectiva del PIT-CNT, se me hace imperioso, poner en conocimiento de la opinión pública, y en particular de los muchos compañeros que, teniendo causal para estar comprendidos, quedarían afuera, algunas de las limitaciones que conlleva el proyecto.

La ley, que con toda justicia intenta reparar la situación de perseguidos, nació con la limitación de comprender inicialmente, sólo a los que hubieran estado presos en la dictadura, o que hubieran debido exiliarse por dicho motivo, en el exterior.

El primer paso dado por el gobierno en el sentido limitativo, ya establecía un tope cuantitativo, marcando que no debía exceder los mil beneficiarios. que eran los anotados en una lista inicial y provisoria de la Comisión por el Reencuentro.

En esta última etapa, se le agrega una nueva categoría de incluidos, acorde con el concepto más general de «perseguidos».

Se trata de los dirigentes sindicales que debieron pasar a la clandestinidad.

Y para que esto no se transforme en un beneficio con nombre y apellido, tendiente a beneficiar solamente a una cúpula, se hace imprescindible definir «a priori», con claridad y con garantías de equidad, el concepto de dirigente.

Como preguntas se me ocurren las siguientes:

¿Es o no dirigente un delegado de base que representaba a los demás compañeros de su sección?

¿Acaso hay que acreditarle derechos sólo a los dirigentes? ¿Acaso la huelga general antidictadura se hizo sólo con dirigentes, o estuvieron los trabajadores todos, codo con codo?

El segundo inconveniente aparece en la definición de «haber pasado a la clandestinidad».

¿Cómo se atestigua o prueba que un compañero «pasó a la clandestinidad»?

Lamentablemente no existe ni el carné de dirigente ni, mucho menos, el de haber estado en la clandestinidad.

Y estas dificultades van a servir para, acorde con la intención del gobierno, acomodar a unos pocos, para intentar silenciar algunas voces «de peso» sindical, y a dejar colgados a los más.

Un segundo elemento a tener en cuenta son las limitaciones que sobre la marcha se han ido agregando, solamente es aplicable a los que, cumpliendo con los requisitos, ya de por sí discriminatorios establecidos, estén comprendidos en actividades del BPS.

O sea que si fueron perseguidos pero pertenecen a otra Caja, no son dignos de reparación.

El segundo inconveniente de mayor gravedad a tener en cuenta es que aparece nuevamente como en el caso de los destituidos públicos, una Comisión, seguramente a integrarse por representantes de varios institutos públicos, (léase acólitos de los partidos de gobierno), en la que además, no se permite la representación de los interesados.

Con los antecedentes que emanan de la actuación de la Comisión Especial Ley Nº 13.728, de Destituidos Públicos, según alguna «desviación» que hemos hecho pública recientemente, de mantenerse esta integración, habrá seguramente falta de garantías, siendo un buen vehículo, como lo fue en la anterior comisión citada, para beneficiar a algún «correligionario» ajeno a la persecución dictatorial, y simultáneamente, en cumplimiento del debido equilibrio cuantitativo, tirando «para afuera» a compañeros con innegables derechos.

Y finalmente, otro elemento a tener en cuenta.

En la última reunión, en la que muchos compañeros realizaron importantes objeciones a la discrecionalidad del proyecto, se oyeron expresiones muy fuertes sobre el carácter de las limitaciones a la justicia que el proyecto contiene, incluso, en boca de compañeros que están claramente comprendidos en el mismo. El hecho de que la reunión, que se inició con varios cientos de interesados, finalizara con menos de una cincuentena de participantes, que impidió una prefabricada intención de hacer votar una aprobación de lo actuado, es muestra elocuente, agregada a algunas muy críticas intervenciones a las que nos referimos, del rechazo a la limitativa injusticia que el proyecto conlleva.

Otra vez estamos en el «intríngulis» de aceptar la limosna que nos tira el gobierno, porque «algo es algo», o exigir que se contemple a la totalidad de los perseguidos, para que no haya, otra vez más, repitiendo la lamentable práctica posdictadura, hijos beneficiados y entenados perjudicados. Y mucho menos, que ello pudiera darse, con la «bendición» de los organismos que dicen representar y defender a los propios interesados.

Las injusticias que se intentan refrendar, deben por lo menos, estar en cabal conocimiento de la opinión pública. De lo contrario sería dar por definitivamente cerrado un capítulo negro de la historia de los trabajadores uruguayos, cuando quedan todavía muchas páginas por escribir. *

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