Detenidos que recuperan derechos

Que la situación general del país es de crisis profunda se dice en voz baja y acento pudoroso. Pero que la de los establecimientos penitenciarios es de terror, nadie lo duda; y todos lo vociferan. Las autoridades encargadas lo certifican.

En consecuencia las dudas sobre la vida, o sobrevida, de los reclusos no existen y pesan sobre la conciencia colectiva. Que no ve demasiadas posibilidades de mejoría.

Todos somos responsables, en una medida, de que el castigo merecido no lleva a la indignidad; algo impropio a toda persona que consideremos como tal.

La privación de libertad que deben sufrir aquellos que han atentado contra la seguridad de los ciudadanos, no debe ni puede impedir ciertas seguridades que conlleva la rehabilitación ordenada por leyes nacionales y convenios internacionales.

Y esas seguridades están conformes a derechos que los ciudadanos recluidos deben tener, la seguridad de conservar vigentes durante el tiempo entero de condena.

Unica forma de respetarse y saberse respetado: condición esencial de la dicha rehabilitación.

El Artículo 7º de nuestra Constitución sigue en pie, como norma de apoyo que sólo se ve restringido en parte.

Vale lo expresado para justificar y notificar sobre el emprendimiento conjunto del Ministerio del Interior y la Intendencia Municipal de Artigas en favor de algunos detenidos.

En concreto: que diez presos de la cárcel departamental mediante un convenio entre las dos instituciones públicas, han comenzado a trabajar como barrenderos de la ciudad.

Han comenzado a trabajar fuera del ámbito carcelario. Trabajo al aire libre, y en contacto con la sociedad a la cual pertenecen.

Es mucha cosa, y de mucho progreso. Es un avance en los métodos de recuperación. Pero sobre todo es un enfoque que, desde lo íntimo, trabajará sobre las conductas de cada uno de los reclusos –los beneficiados directos por la medida y los otros por su ejemplo– con una limpidez digna de la causa.

Es una medida que capacita a ser maestro de sí mismo. *

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