Algo más sobre los menores infractores
En nuestro editorial del pasado viernes 20, volvimos a abordar el delicado asunto de la inseguridad, la minoridad infractora y las propuestas de rebajar la edad de imputabilidad. Por entender que el tema es de suma importancia, hoy insistiremos sobre otros aspectos del problema.
En ese último editorial, atribuimos al doctor Luis Alberto Lacalle, ex presidente de la República y actual precandidato nacionalista, la iniciativa de combatir la delincuencia juvenil mediante la rebaja de la edad a la que un individuo puede dejar de ser inimputable. En realidad, la idea es vieja. Dirigentes conservadores de ambas colectividades tradicionales se han pronunciado favorablemente desde unos cuantos años a esta parte, y en los tiempos que corren, el doctor Pedro Bordaberry ha manifestado públicamente su intención de bajar la edad de imputabilidad en caso de acceder al gobierno, lo cual significa que es una medida legislativa que integra su programa político.
La idea va en el mismo sentido represivo que un sinfín de propuestas surgidas cuando se plantea el problema del aumento de la actividad delictiva. Los hombres y mujeres de la especie humana siguen siendo proclives a reprimir y eventualmente a prevenir antes que a indagar sobre las causas del fenómeno y a atacarlas con eficiencia. Las buenas gentes, ciudadanos obedientes, creen que el delito es un desarreglo de conducta que no se explica por razón alguna ni menos aún se justifica. Por tanto, el infractor debe pagar por su inconducta y por los perjuicios ocasionados. Tal es el espíritu del Código de Hammurabí o Ley del Talión, cuyo concepto de justicia respondía a una mentalidad primitiva en la que todo aquel que infligía un daño a otro merecía sufrir, como castigo, exactamente el mismo perjuicio.
Si ese concepto perviviera en nuestra cultura actual, probablemente quienes deseamos anular la Ley de Caducidad estaríamos proponiendo que los terroristas de estado padecieran exactamente los mismos tormentos que sus víctimas (plantones, submarino, picana, etcétera), lo cual sería una barbarie inmoral. Sin embargo, la pena de muerte como castigo para los homicidas en ciertas legislaciones modernas es un resabio del principio «Ojo por ojo y diente por diente».
Aparentemente, los impulsores de iniciativas en el sentido de rebajar la edad de imputabilidad se basan en que los menores infractores, algunos de los cuales revisten una innegable peligrosidad, actúan con total impunidad y sus crímenes no reciben castigo alguno. (Dicho sea entre paréntesis, llama la atención el hecho que quienes claman por que los jóvenes delincuentes paguen sus delitos son los mismos que votaron una ley que consagró la impunidad para los terroristas de Estado, delincuentes infinitamente peores que los pobres rateros o rapiñeros que asuelan ciertos barrios). Quienes así razonan, no advierten –o lo soslayan cuidadosamente– que en realidad, los jóvenes infractores no permanecen impunes pues en los casos de delitos graves y de reincidencia, se ordena su internación en dependencias del INAU, lo que equivale a ser privados de su libertad. Y en cuanto a la falta de registro de antecedentes, no es tal circunstancia algo que estimule a los menores a delinquir; del mismo modo que el hecho que sus antecedentes queden registrados en modo alguno opera el efecto disuasorio deseado.
En un país donde no son más de 200 los menores delincuentes que verdaderamente causan problemas en un total de alrededor de 270 mil jóvenes, la medida de bajar la edad de imputabilidad se inscribe en la criminalización de la pobreza a que tienden las clases conservadoras.
Para concluir, la idea de Bordaberry y Lacalle tiene mucho de demagógico y su enunciación parece más bien destinada a captar los votos de los sectores sociales atemorizados que a resolver de verdad el problema de la delincuencia juvenil.
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