El voto de los uruguayos

Por Walter Pesqueira

La inmensa mayoría de los países con gobiernos democráticos permiten el voto de los ciudadanos que residen temporal o permanentemente en el exterior.

En los Estados Unidos de Norteamérica, para dar un ejemplo votan hasta los astronautas que se encuentran en el espacio exterior.

La forma de ejercer el derecho al voto de esos ciudadanos es diferente según el país pero ya sea por correspondencia, votando en embajadas y consulados o de ambas formas indistintamente, el derecho a voto, salvo cada vez menos países, es reconocido.

En nuestro país, desde hace muchos años se han sucedido los proyectos de reforma de la Constitución para reconocer ese derecho de los ciudadanos.

El último de esos proyectos establece que se autoriza el voto desde o en el exterior a todos los ciudadanos habilitados para votar y que la Corte reglamentará la forma en que se deba emitir el sufragio.

Esta modificación del Artículo 77º de la Constitución nos parece el camino más sencillo para lograr que todos los ciudadanos de este país sean iguales también a la hora de elegir a sus representantes, independientemente del lugar de su residencia.

El Parlamento no debería demorar la aprobación del proyecto (que debe contar con el voto de dos quintos de legisladores), para que sea plebiscitado el último domingo de octubre de 2009 y que entre a regir a partir de las elecciones del año 2014.

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