Un impuesto democrático y equitativo
Estamos a pocas semanas del comienzo de la aplicación de la reforma impositiva que servirá, eso lo tenemos bien claro, para mostrar las bondades de un necesario ordenamiento dentro del desordenado rubro de la imposición que recae sobre los uruguayos y que además aventará muchas de las dudas que están en la base de los planteos que jubilados y pensionistas nos realizan en torno a la misma.
Nosotros siempre hemos entendido que se trata de una normativa que será ventajosa sobre la realidad económica del país, que determinará la desaparición de algunos impuestos, como el Cofis e implicará en lo que respecta a la rebaja del IVA, fundamentalmente en la tasa mínima un abatimiento del 17 al 10%, lo que de acuerdo a la lógica económica junto con el control que realizará la DGI y al mismo tiempo, el control que ejerza la ciudadanía, aspecto este de indudable importancia social, determinará una reducción en los precios, aunque en la mentalidad de algunos empresarios inescrupulosos ronde la idea de no aplicar la normativa, cosa que generará que con el impulso y apoyo de la gente se le apliquen las sanciones que correspondan sin ningún tipo de miramiento.
Además, a esto debe agregarse la rebaja en las tarifas públicas que tendrán vigencia a partir del 1º de junio, un mes antes de la entrada en vigencia de la reforma tributaria., como consecuencia de la uniformización del aporte patronal al Banco de Previsión Social, en un 7,5%. Las empresas públicas aplicarán a partir de la fecha señalada la rebaja del aporte que realizan al BPS, en beneficio directo del conjunto de la población, fundamentalmente a aquellos sectores de ingresos fijos, bajos y medios.
Largamente hemos informado sobre la incidencia del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) sobre las jubilaciones y pensiones, publicando cuadros que muestran con claridad que el mínimo no imponible llega a los 9.816 pesos, siendo la cifra de corte, es decir, el monto a partir del cual se aportará algo, pero menos de lo que se aporta hoy con el Impuesto a las Retribuciones Personales (IRP), de 12.400 pesos, teniendo en cuenta además el punto la deducción del 1% que se descuenta por cuota mutual.
Como ejemplo es bueno atender lo siguiente: una jubilación de ese monto (12.400 pesos), paga hoy por IRP el 2%, es decir, 248 pesos. El nuevo sistema dispone lo siguiente:
(Ver cuadro 1)
El impuesto será de 246 pesos, o sea, el 10% sobre la cantidad anterior.
Otro ejemplo, más claro aun: ¿cuánto comenzará a pagar una jubilación de 10 mil pesos? Comencemos por decir que por concepto de IRP paga 200 pesos. Hagamos entonces una simple operación:
(Ver cuadro 2)
El impuesto será de….8 pesos mensuales moneda nacional.
Si llevamos el tema a porcentajes, vemos que analizando lo que ocurre en las distintas cajas (BPS y Cajas paraestatales, Caja Militar y Caja Policial), por el nivel de las prestaciones que perciben los distintos grupos de pasivos, solamente pagarán el IRPF, el 13,51% del total.
O sea, en cifras, pagarán algo más , bastante más o mucho más de lo que pagan hoy, 90.782 de un total de 671.720 pasivos, que es la cantidad de los que existen en el país.
Como se advertirá, en torno al tema se han manejado informaciones claramente interesadas, tratando de mostrar puntos conflictuales en donde no existen.
El IRPF es un ordenamiento impositivo, quizás no perfecto, dinámico, que se irá mejorando al advertirse las deficiencias que se vayan constatando, pero de ninguna manera puede decirse que castigará duramente al sector de los jubilados, por cuanto será solo una mínima parte de ellos los que tendrán que pagar el tributo de acuerdo al nivel de sus ingresos, para hacer realidad aquella afirmación realizada desde siempre por nuestra fuerza política, de que los que ganen más paguen para que la enorme mayoría, los que ganan menos, no paguen nada o muy poco más de lo que pagan hoy.
Y así construiremos, de a poco, un país más justo y equitativo. Lo demás, especulaciones político electorales incluidas, es lo de menos. *
Cuadro 1
Pasividad 12.400 pesos
Menos mínimo no imponible 9.816 pesos
Menos 1% cuota mutual 124 pesos
Suma sobre la que se aporta 2.460 pesos
Cuadro 2
Pasividad 10.000 pesos
Menos mínimo no imponible 9.816 pesos
Menos 1% de cuota mutual 100 pesos
Suma sobre la que se aporta 84 pesos
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