Redoblando por la Justicia
Daniel Pereyra Maneli *
En la semana pasada, la señora decana de la Facultad de Derecho, escribana Teresa Gnazzo, y los señores ministros de la SCJ doctores Raúl Alonso y Gervasio Guillot, en plausible y muy saludable actitud, expusieron ante cámaras algunos de los problemas presupuestales que, desde siempre, aquejan al Poder Judicial.
Con enorme calor, mayor claridad y envejecida modestia, los tres juristas enfatizaron las pocas conocidas virtudes de los funcionarios judiciales y los colegas togados.
Sobre ambos extremos nuestra pluma será de yeso porque nos comprenden las generales de la ley, y mucho nos tememos que algunos comunicadores de sonrisas congeladas, pretendiendo iluminar el sol con una linterna, pongan en duda nuestros elogios a ex compañeros administrativos, técnicos y magistrados.
Nadie afirma que todo es perfecto pero bastaría comparar al Poder Judicial con sus pares europeos –en Latinoamérica casi no existen semejanzas– para disipar todas las novelerías y fustazos que se descargan sobre la administración de Justicia.
No hay que alejarse mucho de nuestra comarca para comprobar el estercolero en el que caracolean algunos jueces infames junto a políticos corruptos y delincuentes de pistola al cinto; bastaría con cruzar el río.
En nuestra literatura jurídica siempre figura en negrita y cuerpo grande el concepto de crisis económica, pero aun en esa poquedad, nuestro Poder Judicial –lo grito con orgullo– no aloja la gran puta de la corrupción.
Promediando, el programa se endureció con las eternas y desteñidas preguntas sobre la lentitud de la Justicia y cómo y por qué muchos delincuentes ingresan por una puerta para salir por la otra.
En ninguna parte del planeta se dicta justicia en forma rápida y correcta porque para arribar a una conclusión justa es necesario emplear un tiempo jurisdiccional mínimo para que las partes en conflicto defiendan sus derechos con igualdad de armas al tiempo de producir sus pruebas.
Una cosa son los plazos razonables y muy otra las demoras indebidas que generalmente son ajenas al Poder Judicial. En sede penal es frecuente que para mantener en trámite una causa hasta la próxima visita de causas, y tener la posibilidad de un sobreseimiento, se dilate el trámite solicitando pruebas que, de antemano, se sabe demoran meses o años. En la durísima tarea de reunir la prueba de un delito o de probar una inocencia, los magistrados deben valorar documentos, declaraciones, confesiones y retractaciones, indicios, móviles y actitudes, pericias técnicas, reconocimientos, reconstrucciones históricas de un hecho, y efectuar comprobaciones judiciales, que es la prueba por excelencia. Esto es, cuando el juez percibe directamente un hecho o un objeto sin el peligro de las interferencias inconscientes o la intervención de terceros.
Gran parte de ese material probatorio debe ser reunido para conformar la semiplena prueba y poder dictar un procesamiento dentro del plazo constitucional de 48 horas. Si no se logra esa imperfecta prueba jurídica, el magistrado deberá ordenar la libertad de quien sabe es culpable a través de una prueba moral.
Esta es la garantía absoluta de que un inocente no será procesado ni irá preso por algo que no hizo. Muchos creen que sólo los culpables mienten, y los jueces saben que víctimas y testigos, parientes y extraños lo hacen frecuentemente por espontaneidad, convicción o interés personal.
Así como hay falsas confesiones, también están las efectuadas por orgullo, temor, lógica esperanza, o por la necesidad de explicar y justificar la comisión de un ilícito.
Estas breves reflexiones explican la imperiosa necesidad de una policía judicial que, sabemos, no soluciona todos los problemas y puede generar otros diferentes, pero en todo caso contribuirá científicamente a evitar el siempre presente error judicial.
En uno de nuestros artículos citamos a Bertolt Brecht cuando afirmaba que «la verdad es hija del tiempo y no de la autoridad»; por eso concluimos que la anochecida imputación de lentitud de la Justicia es el más artificial de los problemas del derecho penal.
* Ex Magistrado Judicial
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