Ajustado a derecho
No bien asumió el nuevo gobierno, ningún ciudadano dudó de que se iniciaba una nueva era en materia de revisión de las violaciones a los derechos humanos durante la dictadura. En su discurso frente al Palacio Legislativo en la noche del 1 de marzo de 2005, el doctor Tabaré Vázquez, flamante presidente de la República, fue particularmente claro al respecto: el gobierno estaba dispuesto a dar cumplimiento cabal a la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado.
No se trataba de venganza ni de revanchismo sino simplemente de verdad y –en la medida de lo posible– justicia. Esa consigna que la sociedad había hecho suya desde el fin de la dictadura y que los sucesivos gobiernos desoyeron y se ocuparon concienzudamente de que no se lograra, esa consigna de «verdad y justicia» empezó a hacerse realidad, y todos tuvimos la sensación de que la impunidad vergonzosa de que habían gozado los terroristas de estado mostraba las primeras fisuras.
El transcurso del tiempo demostró que aquella percepción no era errada, que el gobierno estaba dispuesto a poner en marcha todos los mecanismos legales para cerrar la herida y sellar la paz; pero no una paz fundada en el olvido y en el perdón sino en la justicia.
Las investigaciones dispuestas en cumplimiento del artículo cuarto de la Ley de Caducidad dieron sus frutos –magros frutos, es cierto, pero frutos al fin– cuando se hallaron restos de ciudadanos desaparecidos que posteriormente fueron debidamente identificados.
Pero el gobierno fue más lejos. Haciendo uso de sus atribuciones, de potestades otorgadas por la propia Ley 15.848, el Poder Ejecutivo excluyó expresamente una serie de casos de violaciones a los derechos humanos. El primer resultado notorio y emblemático fue el procesamiento de ocho connotados criminales, figuras tristemente célebres por haber sido denunciadas desde antes del retorno a la democracia como responsables de crímenes abyectos por sus víctimas y familiares y por organizaciones sociales defensoras de los derechos humanos.
Como no podía ser de otra forma, varias voces se levantaron airadas para cuestionar el procesamiento, entre ellas, las del distinguido jurista y ex vicepresidente de la República doctor Gonzalo Aguirre. Parecen haber olvidado que la Ley 15.848 fue un engendro inmoral y un mamarracho jurídico votado entre gallos y medianoche por legisladores pusilánimes que luego se encargaron de obtener la confirmación plebiscitaria mediante el recurso de sembrar el terror entre el electorado. Pero dicha norma establece en su artículo tercero:
«A los efectos previstos en los artículos anteriores, el Juez interviniente en las denuncias correspondientes, requerirá al Poder Ejecutivo que informe, dentro del plazo perentorio de treinta días de recibida la comunicación, si el hecho investigado lo considera comprendido o no en el artículo 1º de la presente ley.
Si el Poder Ejecutivo así lo comunicare, el Juez dispondrá la clausura y el archivo de los antecedentes. Si en cambio, no contestare o informa que no se halla comprendido dispondrá continuar la indagatoria».
Independientemente de los yerros lingüísticos del texto, no caben dudas de que la disposición citada concede al Poder Ejecutivo la potestad de decretar qué casos están amparados en la impunidad y cuáles no lo están.
El gobierno ha actuado en un todo ajustado a derecho, y la Justicia ha actuado del mismo modo. Con ello nos aproximamos a la verdad y a la justicia. Con ello, empezamos a saldar una deuda que la sociedad tenía consigo misma.
Por ese camino es posible llegar a la paz. *
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