El defensor del vecino

Los vecinos y vecinas del departamento se están enterando por estos días, que en la Junta Departamental de Montevideo, se está por designar un Defensor o Defensora del Vecino.

Esta figura, que ha sido motivo de entrevistas, análisis, disquisiciones humorísticas y políticas sobre su cometido y sus funciones, ha producido un pequeñísimo terremoto ante la singularidad y novedad de su creación.

Como todo lo nuevo, remueve, interroga y cuestiona.

Estamos en un proceso de reforma municipal que hace que este Municipio y posiblemente haga a las demás Intendencias, desarrolle una nueva forma de entender y de gestionar el Estado.

En esa reforma municipal que está en curso, hay cuestiones como la transparencia de los actos y el mayor conocimiento de la Administración, la eficacia de la gestión administrativa y la participación e involucramiento de los vecinos en la gestión como tres pilares de la misma.

Una de las novedades y de los aportes a los nuevos cometidos, significa la creación de esta figura.

La figura del Defensor del Vecino va a dar un nuevo ámbito de participación ciudadana y control de la Administración, va a tener funciones específicas y complementarias a los actuales órganos municipales -tanto Ejecutivo como Legislativo-, va a pretender acercarse a aquellos sectores de la población más desprotegidos en el sentido de que no llegan a tener la respuesta que están buscando por los procedimientos tradicionales, más allá del horizonte y del campo de los Concejos Vecinales, de las Juntas Locales, de los Centros Comunales Zonales y de la Junta Departamental, un vasto universo de ciudadanos a cuya disposición hay que poner todas aquellas herramientas que hagan posible su información, su participación y el reconocimiento de su gobierno a que son eso, ciudadanos. La intención es que aumente la protección y tutela jurídica de los administrados por el gobierno y que haya una mayor defensa de las libertades y de los derechos cívicos de los ciudadanos. En definitiva, que la Defensoría sea un instrumento que facilite la participación ciudadana en colaboración con los organismos ya estatuidos y en fortalecimiento de la descentralización.

Esta figura no anula, no revoca, no sustituye, no modifica actos, no pone sanciones, no manda indemnizar, no recibe delegación de atribuciones ni usurpa otras atribuciones; ese es el cuadro de limitaciones. Pero esta figura sí puede recomendar, recordar, sugerir y aconsejar, cumpliendo un rol persuasivo, educativo y que coadyuve a la gestión de los órganos ya establecidos.

Se dice que los problemas de la población no están centrados en la figura del Defensor del Vecino. Estoy absolutamente de acuerdo. Los problemas de la población o la cabeza de la gente, pasan por otro lado: por la inseguridad, por la falta de empleo, por una cantidad de situaciones de supervivencia. ¿Eso inhibe que nosotros agreguemos una puerta o una ventana más o demos otra posibilidad a cualquier vecino de este departamento? Dediquémonos también los ediles/as departamentales a lo que nos tenemos que dedicar, a brindar a los ciudadanos del departamento las mayores garantías a los efectos de que puedan ejercer sus derechos en lo que está constituido y en lo que se va a constituir.

La Defensoría del Vecino no será una traba más, no será más burocracia, no será más papeleo, será un lugar facilitador, una referencia administrativa y éticamente irreprochable, que ayudará a todos los que trabajamos por la pública felicidad y los depositarios de la soberania popular, nuestros y nuestras vecinos y vecinas montevideanas, a tener una respuesta a sus quejas, denuncias y demandas.

Hagamos la experiencia, atrevámonos a introducir nuevas formas de control y ayuda al Gobierno Departamental y saquemos, cuando corresponda, las conclusiones del caso.

Hagamos la diferencia, ayudando a ampliar el campo de la democracia. *

Publicá tu comentario

Compartí tu opinión con toda la comunidad

chat_bubble
Si no puedes comentar, envianos un mensaje