Cordero y sus cómplices en el Estado
Las revelaciones realizadas en su edición de ayer por la revista «Caras y Caretas» referidas al domicilio del ex militar uruguayo Manuel Cordero, requerido por la Justicia de por lo menos dos países, Argentina y Uruguay, podría fácilmente inscribirse en una reflexión más amplia acerca del conjunto de problemas que deberá enfrentar el nuevo gobierno.
Efectivamente, a partir de declaraciones claras y terminantes de la futura ministra de Defensa Nacional, Dra. Azucena Berrutti, han tomado estado público algunas declaraciones de ex militares o militares en actividad, que revelan la existencia de una amplia problemática que debiera examinarse en forma serena y profunda, a la luz de la experiencia que el país tiene en lo referido a las relaciones entre la institución militar y el sistema constitucional basado en el ejercicio de los Derechos Civiles y Políticos de toda la ciudadanía.
La circunstancia de que Cordero, prófugo de los dos sistemas de Justicia de ambos lados del Río de la Plata, se encuentre viviendo desenfadadamente en una ciudad lindante con la frontera uruguaya es una befa y tiene implicancias que se podrían calificar de ridículas si no tuvieran connotaciones trágicas.
¿Cuántas omisiones se tuvieron que perpetrar contra el orden legal para asegurar la pasmosamente calma impunidad de Cordero?
En realidad, frente a este verdadero «sistema de garantías» que ampara a un militar del Plan Cóndor, a un operador del terrorismo de Estado junto con Gavazzo y los demás oficiales denunciados repetidamente por LA REPUBLICA, lo que cobra importancia, más que la peripecia individual de Manuel Cordero, es justamente la existencia de soportes en el Estado y en el sistema político que aseguran el «sereno reposo» del torturador perseguido.
Cuando hablamos de soportes en el Estado nos estamos refiriendo a cuestiones específicas y que no son ninguna novedad para el Frente Amplio y para su bien desarrollado pensamiento militar: aludimos a la existencia de jerarcas militares o policiales que, por una razón u otra, hacen la «vista gorda» ante los movimientos de ex oficiales perseguidos por la justicia. En realidad actúan como sus cómplices y su inacción, más que ineptitud burocrática, sólo puede ser entendida a la luz de una voluntad y un compromiso de respaldo con el colega perseguido.
Soporte en el Estado es también la subsistencia de un cuerpo de doctrina que, originado en la concepción de la Seguridad Nacional, se ha maquillado para transitar sin contratiempos por las descuidadas avenidas de la democracia.
La permanencia en puestos de gravitación en el aparato policial y militar de antiguos protagonistas del terrorismo de Estado es el resultado de una política seguida por los sectores dominantes y que el Frente ha denominado con toda justeza la ausencia de una «depuración de las Fuerzas Armadas», concepto que aparece reiterado y especialmente aclarado en cada una de las instancias en que el progresismo uruguayo ha reunido sus congresos para examinar todos los problemas atinentes a la democratización de la Sociedad y del Estado.
La denuncia publicada a la que hacíamos referencia más arriba pone, como corresponde, en tela de juicio la actuación de Interpol, en tanto brazo auxiliar del sistema judiciario que se omite en la detención de un sujeto prófugo de la Justicia.
Pero sería una visión parcial atribuir exclusivamente a esa dependencia policial toda la responsabilidad de la impunidad de que goza Cordero, en el fondo no demasiado distinta de la que disfrutan sus antiguos socios de la OCOA y del SID, responsables de delitos que, como lo han explicado muchas veces los juristas que se ocupan del tema, constituyen delitos contra la humanidad, vale decir que no se extinguen sino que se reiteran de manera permanente.
Sin ir más lejos el ex canciller del gobierno blanco presidido por el Dr. Lacalle, el profesor Héctor Gros Espiell, ha explicado, con un lenguaje técnico absolutamente preciso, la necesidad de considerar estos delitos a la luz de las obligaciones que para Uruguay emergen de los compromisos suscriptos en los Tratados Internacionales en Defensa de los Derechos Humanos. *
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